Aprobándose provisionalmente por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 6 de junio de 2024, la siguiente ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios urbanísticos y otros servicios.
Conforme a lo previsto en los artículos 55 y 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, en relación con el 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se exponen al público durante un plazo de un mes para la presentación de reclamaciones y sugerencias, a contar desde el siguiente al de la inserción del presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Pleno del Ayuntamiento, en la Secretaría municipal en horas de oficina. En caso de no presentarse aquellas, el presente acuerdo se entenderá elevado a definitivo.
En Soto del Real, a 7 de junio de 2024.—La alcaldesa, Noelia Barrado Olivares.
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