ORDEN de 11 de junio de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se nombran funcionarias de carrera del Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Especialidad de Consumo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid.

A la vista de la Resolución de 24 de abril de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 9 de mayo), de la Dirección General de la Función Pública, por la que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Especialidad de Consumo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, convocado por Orden 492/2021, de 18 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de diciembre), de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

En su virtud y, de conformidad con lo dispuesto en la base décima de la citada convocatoria, la Orden 1021/2021, de 27 de abril, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se establecen los criterios generales que han de regir las convocatoria del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario de administración y servicios y del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid; la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid; la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, de aplicación supletoria en la Comunidad de Madrid, y el artículo 2 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad de Madrid, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal,

DISPONGO

Primero

Nombrar funcionarias de carrera del Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Especialidad de Consumo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, a las aspirantes que se indican a continuación, con la expresión del puesto de trabajo que se adjudica.

Imagen del artículo ORDEN de 11 de junio de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se nombran funcionarias de carrera del Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Especialidad de Consumo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid.

Segundo

Para adquirir la condición de funcionarias de carrera, de conformidad con lo establecido en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, y el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, sobre juramento en la toma de posesión de cargos o funcionarios públicos, deberán prestar juramento o promesa y tomar posesión en el puesto de trabajo en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a cuyo efecto deberá presentarse en la Dirección General de Recursos Humanos, División de Situaciones Administrativas y Provisión de Personal Funcionario, sita en plaza de Chamberí, número 8, dentro del plazo indicado, decayendo en su derecho en caso de no hacerlo, salvo en el supuesto de concesión de prórroga, previa solicitud debidamente justificada.

Tercero

Para efectuar la comparecencia de toma de posesión prevista en el apartado anterior, las aspirantes deberán ponerse en contacto con la Dirección General de Recursos Humanos a través del correo electrónico situacionesadministrativa@madrid.org para concertar cita previa.

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. Todo ello, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, a 11 de junio de 2024.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo de 2024), la Directora General de Recursos Humanos, María Belén Anaut Escudero.

(03/9.294/24)

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