Alcorcón. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la propuesta de fecha 24 de mayo de 2024, de la concejala-delegada de Transición Ecológica, Movilidad, Educación y Medio Ambiente, por la que se aprueba la convocatoria pública 2024 y las bases generales de subvención destinadas a actuaciones de implantación de instalaciones de energía solar fotovoltaica en edificios de uso residencial vivienda e implantación de instalaciones de energía solar fotovoltaica de comunidades energéticas locales legalmente constituidas en el término municipal de Alcorcón, en virtud al Acuerdo n.o 7/256 adoptado por Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 4 de junio de 2024.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Referencia convocatoria BNDS: 765868

Primero. Beneficiarios.—1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas:

a) Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal (en adelante L.P.H.). La solicitud será realizada siempre por la Comunidad de Propietarios sea cual sea el uso de la instalación, servicios comunes, viviendas, o ambas, e independientemente de cuantos vecinos opten a utilizar la instalación.

b) Las personas físicas que sean propietarios de viviendas individuales en edificio de bloque residencial y que obtengan autorización legal de su Comunidad de Propietarios, según establece la Ley de Propiedad Horizontal para realizar una instalación fotovoltaica en la cubierta de uso colectivo. Para este tipo de instalaciones individuales, solo serán admitidas a trámite las 3 primeras solicitudes en comunidades de menos de 50 propietarios o las 5 primeras solicitudes procedentes de comunidades de más de 50 propietarios. Para instalaciones de autoconsumo colectivo de varios propietarios de vivienda individual, la solicitud se hará a nombre del propietario de mayor cuota de reparto eléctrico.

c) Las personas físicas de edificios residenciales de uso vivienda en categoría unifamiliar;

d) Las Comunidades Energéticas Locales, legalmente constituidas en la fecha de la solicitud y con sede social e instalación de energía fotovoltaica en el municipio de Alcorcón (persona jurídica basada en la participación abierta y voluntaria, efectivamente controlada por socios o miembros que sean personas físicas, pymes o entidades locales, que desarrolle proyectos de energías renovables, eficiencia energética y/o movilidad sostenible que sean propiedad de dicha persona jurídica y cuya finalidad primordial sea proporcionar beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus socios o miembros o a las zonas locales donde operan, en lugar de ganancias financieras), según definición de la Directiva 2018/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables, y de la Directiva 2019/944, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se modifica la Directiva 2012/27/UE, respectivamente, así como del artículo 4 del Real Decreto ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

Segundo. Objeto.—La finalidad de estas subvenciones es el fomento y promoción de la realización de actuaciones de implantación de energía solar fotovoltaica en viviendas colectivas, así como que las comunidades energéticas locales sean actor clave en el impulso y la gestión de la demanda, el autoconsumo, el almacenamiento y el desarrollo de proyectos de energías renovables, por lo que estas subvenciones también van dirigidas a aquellas entidades jurídicas, que fomenten la participación en el sector energético de actores no participantes en el mismo tradicionalmente (personas físicas y pymes locales).

Las actuaciones subvencionables deben cumplir los siguientes requisitos:

1. Las actuaciones subvencionables deberán estar ejecutadas y con certificado de finalización de obra durante el período del 1 de agosto de 2023 al 31 de julio de 2024.

2. Los edificios e instalaciones fotovoltaicas existentes objeto de las actuaciones subvencionables deben estar ubicados en el término municipal de Alcorcón.

Tercero. Convocatoria.—La presente convocatoria se ha aprobado por propuesta de fecha 24 de mayo de 2024 de la concejala-delegada de Transición Ecológica, Movilidad, Educación y Medio Ambiente, en virtud al Acuerdo n.o 7/256 adoptado en Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 4 de junio de 2024.

El texto completo de la convocatoria puede consultarse en el tablón de anuncios del Ayuntamiento ubicado en el edificio municipal sito en la plaza Reyes de España, s/n, y en la página web municipal ( www.gecorweb.com/alcorcon/Sostenibilidad-Movilidad-Renovables ).

Cuarto. Cuantía.—Para el cálculo de las subvenciones objeto de esta convocatoria, se procederá a determinar en primer lugar el presupuesto protegible, que será el resultante de la revisión, por parte de los servicios técnicos del órgano gestor, de la documentación aportada por los solicitantes y justificativa de los conceptos relacionados como gastos subvencionables recogidos en la cláusula vigésima de las bases de la convocatoria.

Una vez obtenido el importe anterior, se aplicarán los porcentajes de subvención correspondientes. Se establecen, además, unos límites de cuantía máxima de subvención en función de la potencia de la instalación solar fotovoltaica que se recogen en el Anexo 1 de las bases de la convocatoria.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de las solicitudes será durante los veinte días hábiles siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Alcorcón, a 6 de junio de 2024.—La concejala-delegada de Transición Ecológica, Movilidad, Educación y Medio Ambiente, Trinidad Castillo Yepes.

(03/9.363/24)

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