REUNIDOS
De una parte, D. Pablo Iglesias Simón, Director de la Real Escuela Superior de Arte Dramático, con código de centro 28034428 y sede en la avenida de Nazaret, número 2, 28009 Madrid, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades), por delegación del titular de la consejería, efectuada por Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, y en virtud del nombramiento efectuado por Resolución de la Dirección del Área Territorial Madrid Capital de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de fecha 30 de junio de 2017 con efectos administrativos de 1 de julio de 2017 y renovado por Resolución de la Dirección del Área Territorial Madrid Capital de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía de fecha 18 de junio de 2021, con efectos administrativos de 1 de julio de 2021.
De otra, D. Manuel José Urbano García, representante legal solidario de FremantleMedia España, S. A., con sede social en la calle de La Coruña, número 13, 28079 Madrid, según consta en el acta de la reunión del Consejo de Administración de la Sociedad, de 8 de febrero de 2008, adjuntada a la escritura de apoderamiento número cuatrocientos sesenta y siete, de 12 de febrero de 2008 y firmada en Madrid ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid D. Alfredo Barrau Moreno.
Las partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda de modificación y a tal efecto,
EXPONEN
1. Que FremantleMedia España, S. A., y la Comunidad de Madrid, a través de la consejería con competencias en Educación, suscribieron el 9 de octubre de 2023 un convenio para establecer una colaboración de cara a la regulación de las condiciones en las que se desarrollarán las prácticas externas de los alumnos de la Real Escuela Superior de Arte Dramático matriculados en las enseñanzas que conducen a la obtención del Título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Arte Dramático, especialidad Interpretación.
2. Que de acuerdo con la cláusula octava el convenio tiene una vigencia de cuatro años a contar desde el día de su firma, 9 de octubre de 2023.
3. Que las partes consideran adecuado revisar el convenio acorde con la cláusula octava del mismo,
ACUERDAN
Primero
Modificar la cláusula tercera apartado B) añadiendo la frase "la asistencia a las mismas", quedando redactado el mencionado apartado de la siguiente manera:
"B) Designar a un profesor-tutor de prácticas, que deberá prestar el asesoramiento metodológico, técnico y académico que precise el alumno, la asistencia a las mismas, realizar la evaluación de las prácticas desarrolladas y revisar, en su caso, la programación de las prácticas junto con el tutor designado por FremantleMedia España, S. A., si una vez iniciadas y a la vista de los resultados, se estimase conveniente dicha revisión".
Segundo
Añadir un nuevo apartado en la cláusula cuarta:
"G) El tutor de prácticas informará a la Real Escuela Superior de Arte Dramático, dentro de los 5 primeros días del mes, los días efectivos de prácticas realizadas por los estudiantes en el mes anterior a los efectos de darles de alta en el sistema de la Seguridad Social, acorde a lo dispuesto en la disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social".
Tercero
Modificar la cláusula sexta, quedando redactada de la siguiente manera:
"En relación con la inclusión en el sistema de la Seguridad Social de los alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación será de aplicación la disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, la Comunidad de Madrid asumirá la gestión derivada de las obligaciones con la Seguridad Social y el pago de las cotizaciones de la Seguridad Social, de los estudiantes en prácticas externas a que se refiere este convenio, con arreglo a las prescripciones y previsiones fijadas legalmente".
En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes firman esta adenda de modificación.
Madrid, a 20 de mayo de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, P. D. (Orden 365/2024, de 13 de febrero; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de febrero de 2024), el Director de la Real Escuela Superior de Arte Dramático, Pablo Iglesias Simón.—Por FremantleMedia España, S. A., el representante legal solidario, Manuel José Urbano García.
(03/8.780/24)