ORDEN de 1 de junio de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para financiar la concesión directa durante el año 2024 de solicitudes de subvención de 2023 correspondientes a las líneas 2, 3 y 4 del programa de fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid establece en el artículo 4.5.c), que podrán concederse de forma directa y con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

Al amparo de esta norma, mediante Acuerdo de 28 de diciembre de 2022, del Consejo de Gobierno, se ha procedido a la aprobación de las normas reguladoras y se ha establecido el procedimiento de concesión directa de subvenciones del programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Debido al extraordinario número de solicitudes presentadas durante el 2023, y como consecuencia de la finalización del ejercicio presupuestario, se constató la imposibilidad material de atender todas las solicitudes presentadas en las lineas 2: Contratación estable de personas jóvenes, 3: Impulso al contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada de personas jóvenes y 4: Impulso al contrato de formación en alternancia para personas jóvenes.

Durante el ejercicio 2023 estas líneas han sido financiadas con cargo a los fondos de empleo procedentes del Estado distribuidos territorialmente para su gestión por las Comunidades Autónomas a través de Conferencia Sectorial. Por el contrario, y desde el 01 de enero de 2024, estas líneas constituyen la actuación Estímulo a la Contratación de Jóvenes del Programa FSE + 2021-2027, con una tasa máxima de cofinanciación del 40 %.

Por esta razón, y para atender en el ejercicio 2024, las solicitudes presentadas en el ejercicio 2023 y que no pudieron ser atendidas por el cierre del ejercicio presupuestario, se debe declarar la disponibilidad de un crédito por un importe de 2.700.000,00 euros, que se financiará con cargo a los fondos de empleo procedentes del Estado distribuidos territorialmente para su gestión por las Comunidades Autónomas a través de Conferencia Sectorial.

A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, como órgano concedente de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995.

RESUELVO

Primero

El importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa, durante el año 2024, de solicitudes de subvención de 2023 correspondientes a las líneas 2, 3 y 4 del programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid, es de 2.700.000,00 euros.

El total del crédito señalado en el apartado anterior, se distribuirá de la siguiente manera:

a) Línea 2: Contratación estable de personas jóvenes: 2.197.777,72 euros.

b) Línea 3: Impulso al contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada de personas jóvenes: 144.968,28 euros.

c) Línea 4: Impulso al contrato de formación en alternancia para personas jóvenes: 357.254,00 euros.

Segundo

Las referidas obligaciones se imputarán al Subconcepto 47200 Actuaciones Cofinanciadas FSE y otras, del Programa Presupuestario 241M Promoción y Fomento del Empleo, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2024.

La totalidad del crédito presupuestario por importe de 2.700.000,00 euros procede íntegramente del Estado y la subvención se convoca en cumplimiento de la distribución de fondos en materia laboral de los Presupuestos Generales del Estado para su gestión por las Comunidades Autónomas en el año 2024.

Madrid, a 1 de junio de 2024.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 108, de 4 de mayo de 2024), el Viceconsejero de Economía y Empleo, Daniel Rodríguez Asensio.

(03/8.757/24)

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