ADENDA de 24 de mayo de 2024, de modificación y prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid y el Consejo Regulador Denominación de Origen Vinos de Madrid (CRDOVM, para la realización de la exposición "El vino".

En Madrid, a 24 de mayo de 2024.

REUNIDOS

De una parte, don Bartolomé González Jiménez, Director General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, por nombramiento efectuado por Decreto 268/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, actuando por delegación del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, en virtud de lo dispuesto en la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, de acuerdo con el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y en relación con el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y con el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

Y, de otra parte, don Antonio Reguilón Botello, Presidente del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Vinos de Madrid (en adelante CRDOVM), en virtud de las atribuciones que le confiere la Orden 3738/2016, a 28 de diciembre de 2016, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se hace público el resultado de las elecciones para la renovación de Vocales en el Consejo Regulador de la Denominación de Origen "Vinos de Madrid" y se designa al presidente del citado Consejo.

En adelante, las citadas entidades serán denominadas de manera conjunta como "las partes".

Las partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran expresamente que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir la presente adenda al convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Consejo Regulador Denominación de Origen Vinos de Madrid, para la celebración de la exposición "El vino", y en su virtud,

EXPONEN

I

Que con fecha 2 de noviembre de 2023 se firmó el convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Consejo Regulador Denominación de Origen vinos de Madrid (CRDOVM) para la realización de la exposición "El vino", con fechas previstas para su celebración entre los meses de junio y octubre de 2024, de acuerdo con lo establecido en la cláusula primera del citado convenio.

II

Que por razones ajenas a la voluntad de ambas partes la celebración de la exposición se ha visto retrasada fijándose como nueva fecha para su celebración el período comprendido entre octubre de 2024 y enero de 2025, lo que implica que la finalización de la exposición quedaría fuera del período de duración máxima establecido en fecha 30 de noviembre de 2024, de acuerdo con lo recogido en la cláusula decimotercera del citado convenio.

III

Que de las consultas preparatorias realizadas para el correcto desarrollo de la exposición se desprende que es posible que el número de prestadores sea más elevado y sus domicilios más dispersos de lo inicialmente previsto, lo que podría traducirse un mayor coste de las partidas de transporte y seguro de las piezas que formarán parte de la exposición, recogidas en la cláusula segunda del citado convenio.

IV

Que la modificación de la nueva fecha de clausura de la exposición, que se fija para el mes de enero de 2025, implica un cambio en las anualidades de las partidas de montaje y transporte previstas en la cláusula segunda del convenio.

En consecuencia, con el fin de que el clausulado del convenio recoja estas nuevas circunstancias, las partes estiman necesario la firma de esta adenda en la que se modifican las cláusulas afectadas por las nuevas fechas de celebración de la exposición y la modificación de los créditos destinados a transporte y seguro de las piezas que formarán parte de la exposición así la distribución de anualidades.

CLÁUSULAS

Primera

Modificación de la cláusula segunda donde se recogen los compromisos y obligaciones asumidos por la Comunidad de Madrid

Las partes firmantes acuerdan la modificación de la cláusula segunda del convenio donde se recogen los compromisos y obligaciones asumidas por la Comunidad de Madrid. En esta cláusula es donde se relacionan, entre otras, las partidas destinadas al transporte y al seguro de las obras que formarán parte de la muestra, así como la modificación del reparto de anualidades de las partidas destinadas al transporte y el montaje y desmontaje, que son las afectadas por las modificaciones contempladas en esta adenda, quedando la nueva redacción como sigue:

La Comunidad de Madrid, como entidad coorganizadora del proyecto, contratará y pagará de acuerdo con su normativa interna todos los gastos que ser deriven de la ejecución material de la organización de la exposición y que comprenden:

— Ejercicio presupuestario 2024. Hasta un máximo de 100.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 04.011 332B 28001:

• Montaje y desmontaje: Hasta un máximo de 55.000 euros.

• Transporte: Hasta un máximo de 15.000.

• Audiovisual: Hasta un máximo de 18.000 euros.

• Seguro: Hasta un máximo de 3.000 euros.

• Impresión de un catálogo: Hasta un máximo de 9.000 euros.

— Ejercicio presupuestario 2025. Hasta un máximo de 15.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 04.011 332B 28001:

• Montaje y desmontaje: Hasta un máximo de 5.000 euros.

• Transporte: Hasta un máximo de 10.000 euros.

Todas las cantidades son con impuestos incluidos.

Por último, la Comunidad de Madrid aportará:

— La sala de exposiciones con las condiciones habituales de seguridad y mantenimiento.

— La gestión, coordinación y control de la organización material de la exposición.

— Obras de sus fondos para la exposición.

— Imágenes de sus obras para el catálogo, la gráfica o los audiovisuales de la exposición.

— Reportaje fotográfico.

— Grabación en DVD para su exhibición en redes sociales y visita virtual (siempre y cuando las obras estén libres de derechos o se hayan obtenido los oportunos permisos para su difusión).

— El uso del salón de actos para actividades relacionadas con la exposición.

Segunda

Modificación de la vigencia del convenio recogida en la cláusula decimotercera

La vigencia de convenio viene recogida en la cláusula decimotercera.

Las partes firmantes acuerdan la modificación de la vigencia del convenio del convenio para la realización conjunta de la exposición "El vino", comprendiendo el montaje material de la exposición (diseño, construcción y desmontaje) y la realización de actividades culturales (catálogo, conferencias, mesas redondas, etc.) en relación con ella, hasta el mes de marzo de 2025. Por lo tanto, los efectos de la presente adenda al convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Consejo Regulador Denominación de Origen Vinos de Madrid se extenderán hasta el 31 de marzo de 2025, quedando la nueva redacción de la cláusula decimotercera como sigue:

"El presente convenio será válido a partir de la fecha de su firma y tendrá una duración máxima hasta 31 de noviembre de 2025. En cualquier momento antes de la finalización del plazo anteriormente reseñado, los firmantes del convenio podrán acordar su extinción, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En este sentido y de conformidad con el artículo 23.2 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, el convenio deberá publicarse en el en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro de los veinte días siguientes a su firma".

En prueba de conformidad de todo lo anterior, las partes firman electrónicamente la presente adenda a un solo efecto.

Madrid, a 24 de mayo de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, el Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre), el Director General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, Bartolomé González Jiménez.—Por el C. R. D. O. V. M., el Presidente, Antonio Reguilón Botello.

(03/8.390/24)

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