De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
BDNS: 762711
Primero
Beneficiarios
Organizaciones no gubernamentales de desarrollo que realicen proyectos de cooperación para el desarrollo, proyectos de educación para el desarrollo y la ciudadanía global y proyectos de acción humanitaria.
Segundo
Objeto
Fomentar la iniciativa social de las organizaciones no gubernamentales de desarrollo para la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo, proyectos de educación para el desarrollo y la ciudadanía global y proyectos de acción humanitaria.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 1523/2017, de 26 de septiembre, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para la cofinanciación de proyectos de cooperación para el desarrollo, proyectos de educación para el desarrollo y la ciudadanía global y proyectos de acción humanitaria, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 234, de 2 de octubre de 2017, con corrección de errores realizada por Orden 1589/2017, de 10 de octubre, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 253, de 24 de octubre de 2017, y modificada por Orden 521/2019, de 12 de abril, de Consejería de Políticas Sociales y Familia, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 98, de 26 de abril de 2019.
Cuarto
Cuantía
El importe destinado a esta convocatoria es de 4.490.000 euros, de los que 3.690.000 euros corresponden al Subconcepto 40500 y se destinan a sufragar gastos corrientes, y 800.000 euros corresponden al Subconcepto 70500 y se destinan a financiar gastos de inversión.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 17 de mayo de 2024.
La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, ANA DÁVILA-PONCE DE LEÓN MUNICIO
(03/7.940/24)