De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.3, al que remite el artículo 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público que el Pleno del este Ayuntamiento, en sesión celebrada el 9 de abril de 2024, aprobó la modificación de crédito 05/2024, y tras someterlo a información pública, y no haberse presentado reclamaciones, ha quedado como definitivamente aprobado, de conformidad con lo establecido en el artículo 169.1 de dicho Real Decreto Legislativo.
En consecuencia, el presupuesto publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 68, del 1 de marzo de 2024, tiene la siguiente variación a nivel de capítulos:
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del dicho Real Decreto Legislativo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha jurisdicción. Se significa que la interposición de recurso no suspenderá, por sí sola, la efectividad de lo acordado, conforme a lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
El Boalo, a 22 de mayo de 2024.—El alcalde, Sergio Sánchez Yunquera.
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