Por acuerdo del Pleno de 17 de abril de 2024, se aprobó inicialmente la siguiente modificación de créditos número 10/2024, de bajas de créditos:
Dichos documentos se exponen al público a efectos de que los interesados, a tenor del artículo 169 y 170 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas de acuerdo con las siguientes normas:
a) Plazo de presentación de reclamaciones y de examinar el expediente: quince días hábiles siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b) Lugar donde se encuentra el expediente: Intervención del Ayuntamiento.
c) Órgano ante quien se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
En el supuesto de que no se presenten reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario, entrando en vigor.
Contra el presente acuerdo se puede interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses siguientes a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, a tenor del artículo 171.1 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales.
Guadalix de la Sierra, a 22 de abril de 2024.—El alcalde-presidente, Borja Álvarez González.
(03/6.989/24)