ORDEN 1339/2024, de 18 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se hace pública la declaración del crédito presupuestario disponible en el ejercicio 2024 para financiar las ayudas para el fomento de la movilidad cero emisiones en la Comunidad de Madrid, aprobadas por Acuerdo de 21 de abril de 2021, del Consejo de Gobierno.

Mediante Acuerdo de 21 de abril de 2021, del Consejo de Gobierno, se aprobaron las normas reguladoras por las que se establece el procedimiento de concesión directa de incentivos para el fomento de la movilidad cero emisiones en la Comunidad de Madrid, al amparo de lo dispuesto en el artículo 4.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.

En el artículo 2.1 de dichas normas reguladoras se establece que, mediante Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, en la actualidad Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, que se publicará en el boletín oficial de la Comunidad de Madrid, se declararán anualmente los créditos presupuestarios disponibles para la financiación de estas ayudas, conforme al artículo 4.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.

De acuerdo con la citada ley, corresponde al órgano concedente de las ayudas la publicación de la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender a las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión.

La Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior tiene atribuidas las competencias en materia de protección del medio ambiente, en virtud del artículo 27.7 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero y, de forma específica, los artículos 1 y 10.1.f) del Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, atribuyen a esta Consejería competencias en materia de medio ambiente; descarbonización; energía y transición energética; calidad del aire; evaluación ambiental; sostenibilidad ambiental, y la tramitación de subvenciones y concesiones administrativas.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 7.1.a) y 4.5.c), de La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior la concesión de las ayudas, y la publicación de la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión. En su virtud,

DISPONGO

Primero

Declarar disponible el crédito presupuestario para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de las ayudas que se regulan en el Acuerdo de 21 de abril de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras por las que se establece el procedimiento de concesión directa de incentivos para el fomento de la movilidad cero emisiones en la Comunidad de Madrid, por un importe de 431.327,59 euros, con cargo al subconcepto 79909, "Otras actuaciones", del Programa 456B, correspondiente a la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024.

Segundo

El crédito disponible declarado en la presente Orden se destinará exclusivamente a atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión de las ayudas cuyas solicitudes fueron presentadas en plazo al amparo del Acuerdo de 21 de abril de 2021, del Consejo de Gobierno.

Madrid, a 18 de abril de 2024.—El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, P. D. (Orden 984/2024, de 15 de marzo), el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio, Rafael García González.

(03/6.434/24)

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