Por Resolución de la Gerencia de esta Universidad, de 24 de octubre de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de octubre), se convocó concurso de méritos específico para proveer varias plazas vacantes en la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de esta Universidad.
Una vez que la Comisión de Valoración, según lo establecido en las bases de la convocatoria, ha valorado los méritos de las personas aspirantes y ha realizado la propuesta de adjudicación, en cumplimiento del artículo 46.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, habiéndose observado el procedimiento debido, esta Gerencia en uso de las atribuciones que tiene expresamente conferidas por Resolución del Rectorado de la Universidad de Alcalá de 29 de marzo de 20122 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 94, de 21 de abril),
RESUELVE
Primero
Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración y resolver el concurso de méritos, adjudicando los puestos de trabajos convocados a las personas funcionarias de carrera que se relacionan en el Anexo a esta Resolución.
Segundo
La fecha de incorporación a las plazas, por exigencia del normal funcionamiento de los servicios de la Universidad de Alcalá, se efectuará, a todos los efectos, el día 6 de mayo de 2024.
Tercero
El destino adjudicado será irrenunciable, salvo que, antes de la toma de posesión, se hubiese obtenido otro destino mediante convocatoria pública.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la fecha de su publicación, en la página web de la Universidad de Alcalá, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid. Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante esta Gerencia, en el plazo de un mes. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Alcalá de Henares, a 18 de abril de 2024.—La Gerente, Carmen Figueroa Navarro.
(03/6.054/24)