De conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y habida cuenta que el Pleno del Ayuntamiento de Brea de Tajo, en la sesión celebrada el día 17 de enero de 2024, acordó la aprobación inicial del presupuesto general para el ejercicio de 2024, acuerdo que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública (realizada mediante anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 28, de 2 de febrero de 2024, y en el tablón de edictos del Ayuntamiento), se hace constar lo siguiente:
Según lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer directamente contra el referenciado presupuesto general recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Brea de Tajo, a 17 de abril de 2024.—El alcalde, Pablo Rodrigo Martínez.
(03/6.005/24)