Mediante Acuerdo de 26 de octubre de 2022, del Consejo de Gobierno, se convocaron las ayudas a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida, previstas en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2022, la resolución de concesión o denegación de las ayudas solicitadas corresponde al titular de la Consejería.
En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en las disposiciones vigentes:
DISPONGO
Primero
Publicar el segundo listado definitivo de solicitantes excluidos por no reunir los requisitos establecidos en el Acuerdo de 26 de octubre de 2022, con indicación del motivo de exclusión.
Al amparo de lo establecido en el artículo 45 de la Ley 30 /2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que posibilita la publicación de los actos administrativos cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano competente, el listado será publicado a efectos de su consulta en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid: www.comunidad.madrid
Segundo
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, en el plazo de un mes, o directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, computándose ambos desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 18 de abril de 2024.—El Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, P. D. (Orden de 27 de diciembre de 2023; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de enero de 2024), la Directora General de Vivienda y Rehabilitación, María José Piccio-Marchetti Prado.
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