Becerril de la Sierra. Personal. Nombramiento personal laboral

Por la presente, de conformidad con lo establecido en la base decimosexta de las bases reguladoras para cubrir una plaza de Encargado de Obras y Servicios en régimen de personal laboral, mediante concurso, al amparo de lo establecido en la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2022), se publica el Decreto de Alcaldía número 283/2024, de 10 de abril de 2024, con la siguiente parte resolutiva:

1. Acordar la contratación como personal laboral fijo del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra (Madrid), de don Andrés Sánchez Moreno, con DNI ***5962**, para cubrir la plaza que se indica en el siguiente cuadro, al haber sido el candidato que, una vez superado el proceso selectivo, ha sido propuesto por el Tribunal Calificador habiendo posteriormente acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.

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La formalización de la novación de su contrato de trabajo se efectuará en el plazo máximo de un mes, contado desde la fecha de publicación de la propuesta en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

2. En aplicación de la base decimonovena de la convocatoria, disponer la formación de la presente Bolsa de Trabajo, a efectos de la cobertura de la plaza objeto de este procedimiento en supuestos de vacancia o por sustitución transitoria de su titular, mediante la posible contratación como personal laboral, con los siguientes aspirantes que, cumpliendo los requisitos exigidos en la convocatoria, han alcanzado al menos un total de 25 puntos en su calificación definitiva, ordenados según la puntuación obtenida en el proceso.

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El funcionamiento de la Bolsa de Trabajo será el establecido en la base decimonovena de la convocatoria aprobada por Resolución de Alcaldía número 2022-0982, de 9 de noviembre, y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 277, de 21 de noviembre de 2022.

La lista de espera resultante permanecerá en vigor hasta la aprobación de una nueva lista de espera consecuencia de una convocatoria posterior, y dejará sin efecto las listas derivadas de procesos anteriores.

La Bolsa de Trabajo debidamente actualizada se encontrará publicada de forma permanente en la sede electrónica municipal, así como en el Portal de Transparencia alojado en la página web municipal.

3. Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra (Madrid), a los efectos legales oportunos.

4. Contra la presente resolución, que ponen fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se podrá interponer el recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, a contar de fecha a fecha desde el siguiente a su publicación, ante el señor alcalde del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra (Madrid). Si transcurrido el plazo de un mes desde la interposición de este recurso no se ha recibido resolución expresa del mismo este se tendrá por desestimado, y se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del partido judicial de Madrid, en el plazo de seis meses, contados de fecha a fecha desde el día siguiente a aquel en que el señor alcalde tendría que haber resuelto el recurso potestativo de reposición, en la forma y con los requisitos exigidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En el caso de resolución expresa desestimatoria del recurso potestativo de reposición, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de dos meses, contados de fecha a fecha desde el día siguiente a la recepción de la notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del partido judicial de Madrid.

No obstante lo anterior, se puede interponer, directamente por parte de los interesados, el recurso contencioso-administrativo sin necesidad de interponer previamente el recurso potestativo de reposición, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del partido judicial de Madrid, en el plazo de dos meses, contados de fecha a fecha desde el día siguiente a la publicación de la presente, en la forma y con los requisitos exigidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que el interesado considere conveniente.

Nota: se puede acceder al contenido íntegro de la presente Resolución en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra (Madrid), a través del enlace becerrildelasierra.org

Becerril de la Sierra, a 12 de abril de 2024.—El alcalde, José Luis Martín González.

(03/5.709/24)

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