RESOLUCIÓN de 15 de abril de 2024, del Sr. Rector Magfco. de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueban las Bases Reguladoras y se hace pública la convocatoria de Ayudas a las asociaciones de Estudiantes de la Universidad Rey Juan Carlos para el año 2024.

BDNS: 755111

Extracto de la Resolución Rectoral de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se convocan las Ayudas a las asociaciones de estudiantes de la Universidad Rey Juan Carlos para el año 2024.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).

Beneficiarios

Los destinatarios de las presentes ayudas son todas las asociaciones que figuren en el Registro de Asociaciones de la URJC y aquellas que hayan solicitado su inclusión con anterioridad a la publicación de la presente convocatoria, siempre que cumplan todos los requisitos exigidos para ello.

Para la obtención de las ayudas objeto de la presente convocatoria, las asociaciones de estudiantes deberán cumplir los requisitos establecidos en la misma.

Requisitos generales

a) Asociaciones inscritas en el Registro de Asociaciones de la URJC.

b) Asociaciones que hayan solicitado su inclusión con anterioridad a la publicación del presente extracto.

Requisitos económicos u otros requisitos que se tengan que cumplir

— Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de otras subvenciones.

— No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

— El compromiso de mantener estos requisitos durante el período de tiempo inherente al reconocimiento de derecho de cobro de la subvención.

Objeto

La presente convocatoria tiene por objeto promocionar y fomentar el asociacionismo entre los estudiantes de la Universidad Rey Juan Carlos.

Bases Reguladoras

La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la página web de la universidad: https://sede.urjc.es/tablon-de-anuncios

Cuantía

El importe total de la presente convocatoria asciende a 70.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 30.VC.CD.CD.

Las ayudas para cada asociación, en ningún caso podrán superar los 4.000 euros para las actividades incluidas en la modalidad I, y los 7.000 euros para las incluidas en la modalidad II.

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido se excluirán del procedimiento de concesión.

Las solicitudes deberán presentarse conforme a lo establecido en la convocatoria. Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo obligatoriamente cumplimentando el formulario de solicitud que estará disponible en la Sede Electrónica, accediendo a través del siguiente enlace:

https://sede.urjc.es/convocatorias

En ningún caso podrá utilizarse la instancia general (expone/solicita) como modelo de solicitud válido para participar en la presente convocatoria.

Otros datos

Además del formulario de solicitud se deberá presentar la documentación exigida en la base 5. Formalización de solicitudes y documentación, de las Bases Reguladoras.

Adjudicaciones y criterios de selección

Las solicitudes serán estudiadas para su adjudicación por una Comisión de Valoración presidida por la Vicerrectora de Comunidad Campus, Cultura y Deporte, de la que formará parte la coordinadora o coordinador de asociaciones; un representante del equipo directivo de cada Facultad o Escuela, a poder ser con competencias en el objeto de la convocatoria; un representante del Consejo de Estudiantes de la URJC, preferiblemente que no pertenezca a ninguna de las asociaciones estudiantiles que concurren en la presente convocatoria; un miembro del personal de administración del vicerrectorado de Comunidad Campus, Cultura y Deporte, que actuará como secretario.

Los criterios de baremación serán los que figuran en la base 7.4 Criterios de evaluación de las Bases Reguladoras de la Convocatoria.

Resolución y recursos

El Sr. Rector Magfco. de la Universidad Rey Juan Carlos dictará Resolución de adjudicación.

Contra dicha resolución, que agotará la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de la citada resolución, según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime procedente, el interesado podrá optar por interponer ante la citada resolución, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicte, en el plazo de un mes contado desde el siguiente a su notificación, en cuyo caso no podrá interponer recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Móstoles, a 15 de abril de 2024.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Javier Ramos López.

(03/5.816/24)

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