Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan general

Rectificación de error material o de hecho en la documentación del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, relativo al callejón en fondo de saco, situado entre los números 9 y 11 de la calle Navalmanzano, distrito de Moncloa-Aravaca.—Expediente 135-2024-00053.

ANUNCIO

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 22 de marzo de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero.—Rectificar, al amparo de lo dispuesto en el artículo 69 bis de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el error material o de hecho advertido en el Plan General de Ordenación Urbana de 1997, respecto al trazado de la alineación fijada en los planos de Ordenación y Gestión (hojas O-51/2 y G-51/2) para el callejón en fondo de saco existente, situado entre los números 9 y 11 de la calle de Navalmanzano, distrito de Moncloa-Aravaca, en los términos descritos en el informe técnico de la Dirección General de Planeamiento de 26 de febrero de 2024, y recogidos en el anexo "Documentación gráfica objeto de la subsanación del error material".

Segundo.—Remitir el acuerdo de rectificación, así como el contenido normativo de la misma, con expresión concreta de los documentos anulados y los vigentes, al Registro de Planes de la Comunidad de Madrid, con carácter previo a su publicación.

Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con indicación de haberse procedido previamente al depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística, del modo establecido en los artículos 65, 66 y 69 bis de la Ley 9/2001, de 17 de julio».

Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido un ejemplar de la rectificación del Plan General al Registro Administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística, que el transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos.

Madrid, a 10 de abril de 2024.—El director General de Planeamiento, Javier Hernández Morales.—El secretario general de Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(03/5.532/24)

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