ADENDA de 4 de abril de 2024, al convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y Cruz Roja Española, para la implantación del proyecto "Atención Infancia Hospitalizada" mediante el acompañamiento de los pacientes en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud.

REUNIDOS

De una parte, D.a Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de sus competencias, en representación de la Consejería de Sanidad, según lo dispuesto en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y en el 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, el artículo 3.g) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud.

Y, de otra parte, D. Francisco Gabriel Sánchez Parodi, Secretario del Comité Autonómico de Cruz Roja Española en Madrid, actuando en nombre y representación de Cruz Roja Española, con domicilio social en Madrid (28003), Avenida Reina Victoria n.o 26, y NIF Q2866001G, en virtud de poder suficiente para la firma según consta en Escritura de Apoderamiento otorgada ante el notario de Madrid D. Ignacio Gil-Antuñano Vizcaíno, el 11 de julio de 2019 bajo número 3178 de su protocolo.

Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda y, de conformidad,

MANIFIESTAN

Primero

En fecha 11 de febrero de 2020 se suscribió un convenio entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y Cruz Roja Española para la implantación del proyecto "atención infancia hospitalizada" mediante el acompañamiento de los pacientes en los centros del Servicio Madrileño de Salud.

En fecha 27 de noviembre de 2023 se suscribió adenda de prórroga para el período comprendido entre el 11 de febrero de 2024 y el 10 de febrero de 2028, ambas fechas incluidas.

Segundo

La cláusula primera del convenio establece que "Los centros del anexo I podrán ampliarse o reducirse por voluntad de las partes, quedando sujetos a todas las estipulaciones de este convenio", lo que no supone modificación de su objeto.

Tercero

Las actividades desarrolladas en ejecución del convenio han resultado satisfactorias para las partes, mas en la actualidad uno de los centros sanitarios del ámbito del convenio, el Hospital Universitario "Severo Ochoa", no necesita de la aplicación del mismo, por lo que se considera innecesaria su permanencia en el ámbito del convenio.

Por lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de suscribir esta adenda de acuerdo con la siguiente

CLÁUSULA ÚNICA

Se modifica la relación de centros del Servicio Madrileño de Salud incluidos en el ámbito del convenio suscrito entre las partes en fecha 11 de febrero de 2020 para la implantación del proyecto "atención infancia hospitalizada" mediante el acompañamiento de los pacientes en los centros del Servicio Madrileño de Salud, que deja de incluir al Hospital Universitario "Severo Ochoa" de manera que el anexo I del convenio queda redactado como sigue:

ANEXO I

RELACIÓN DE CENTROS DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD INCLUIDOS EN EL ÁMBITO DEL CONVENIO

— Hospital Infantil Universitario "Niño Jesús".

— Hospital General Universitario "Gregorio Marañón".

— Hospital Universitario "La Paz".

— Hospital Universitario Clínico "San Carlos".

— Hospital Universitario de Getafe.

— Hospital Universitario de Móstoles.

— Hospital Universitario "Puerta de Hierro Majadahonda".

— Hospital Universitario "Príncipe de Asturias".

Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente adenda.

Madrid, a 4 de abril de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Sanidad, Fátima Matute Teresa.—Por el Servicio Madrileño de Salud, la Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, Laura Gutiérrez Barreno.—Por Cruz Roja Española, por poder, el Secretario del Comité Autonómico de Cruz Roja Española en Madrid, Francisco Gabriel Sánchez Parodi.

(03/5.432/24)

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