En aplicación del artículo 7.4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, que establece que las entidades concedentes publicarán trimestralmente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID las subvenciones concedidas en cada período con expresión de la entidad beneficiaria, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención y con el fin de que se proceda a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
RESUELVO
Informar de que, a los efectos de su publicación oficial, la Dirección General de Turismo y Hostelería de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ha concedido en dicho período las siguientes ayudas:
En Madrid, a 5 de abril de 2024.—El Director General de Turismo y Hostelería, Luis Martin Izquierdo.
(03/5.264/24)