DECRETO 22/2024, de 10 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.

El Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, ha concretado las competencias de los órganos de dicha consejería. Una vez desarrollada la estructura, se ha advertido que la atribución de competencias a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español relativas a la gestión de la inscripción en un registro de las personas físicas o jurídicas que se dediquen habitualmente al comercio de bienes muebles integrantes del patrimonio histórico de la Comunidad de Madrid y al ejercicio de las competencias sancionadoras, en materia del libro, requiere ajustarse para su adecuación, respectivamente, a la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, y a la Ley 7/2023, de 30 de marzo, del Libro, la Lectura y el Patrimonio Bibliográfico de la Comunidad de Madrid.

Tanto el contenido como la tramitación seguida por este decreto se ajustan a los principios de buena regulación contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en el artículo 2 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas de carácter general en la Comunidad de Madrid.

Conforme con los principios de necesidad y eficacia, se trata de una modificación mínima que pretende clarificar el contenido de la norma para la adecuación del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, a la Ley 8/2023, de 30 de marzo, y a la Ley 7/2023, de 30 de marzo.

De acuerdo con el principio de proporcionalidad, contiene la regulación imprescindible para atender las necesidades que se busca cubrir, que no afecta a los derechos y obligaciones de la ciudadanía, al tratarse de una norma de mera organización con el fin de definir las competencias de los órganos superiores y directivos de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, en este caso de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español.

Atendiendo al principio de seguridad jurídica, se adecua a la legislación estatal básica y autonómica en la materia, ofreciendo un marco organizativo estable, integrado y coherente con el ordenamiento jurídico en su conjunto y se dicta dentro de la potestad de organización administrativa que tiene atribuida la Comunidad de Madrid.

En aplicación del principio de transparencia, una vez aprobado el decreto, será objeto de publicación en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid para general conocimiento y control de la actuación pública.

Con respecto al principio de eficiencia, esta norma no conlleva cargas administrativas para los ciudadanos. Asimismo, la modificación que se establece es la mínima indispensable para atender adecuadamente al ejercicio de las competencias atribuidas mediante el decreto de estructura orgánica, contribuyendo así a la racionalización en la gestión de los recursos públicos asignados a la Consejería.

Se han emitido los informes preceptivos de coordinación y calidad normativa de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, de impactos de carácter social de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, de las secretarías generales técnicas de las consejerías y de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

El Consejo de Gobierno es competente para dictar este decreto, de acuerdo con lo establecido en los artículos 21.u) y 40 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, previo informe favorable de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 10 de abril de 2024

DISPONE

Artículo único

Modificación del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte

El Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, queda modificado como sigue:

Uno. El párrafo b) del artículo 5.2 queda redactado del siguiente modo:

"b) La incoación, la tramitación y la propuesta de resolución de los expedientes de declaración de bienes de interés cultural y de bienes de interés patrimonial en los términos legalmente previstos, así como la gestión del Registro de Bienes de Interés Cultural y del Registro de Bienes de Interés Patrimonial".

Dos. El párrafo f) del artículo 5.3 queda redactado del siguiente modo:

"f) La incoación y tramitación de los procedimientos sancionadores de acuerdo con lo previsto en el artículo 61 de la Ley 7/2023, de 30 de marzo".

Disposición final única

Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de abril de 2024.

El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, MARIANO DE PACO SERRANO

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/5.471/24)

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