El Pleno municipal de esta Corporación, en sesión ordinaria celebrada en fecha 27 de marzo de 2024, acordó, con el quórum establecido en el artículo 47.3 de la Ley 7/1985, aprobar provisionalmente la modificación de la siguiente ordenanza:
Ordenanza municipal número 3, reguladora de la limpieza y ornato, y gestión de los residuos urbanos.
En virtud de lo dispuesto por el artículo 17.2 Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se pone en general conocimiento que durante el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, los expedientes administrativos instruidos para la adopción de citados acuerdos podrán ser examinados en la secretaría del Ayuntamiento, en la plaza Real, número 1, de esta localidad, de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas, pudiendo presentarse dentro de dicho plazo las reclamaciones que estimen oportunas.
En el caso de no presentarse reclamación alguna contra el contenido de la presente ordenanza, este acuerdo se considerará definitivamente aprobado, tal y como establece el artículo 17.3 de citado Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, publicándose el texto íntegro de las mismas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de forma reglamentaria.
San Martín de Valdeiglesias, a 2 de abril de 2024.—La alcaldesa, Aránzazu Povedano Fraguela.
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