El Consejo de Administración del Ente Público Canal de Isabel II, en su sesión de fecha 22 de marzo de 2024, ha adoptado, entre otros, los siguientes acuerdos:
Primero
Revocar el acuerdo del Consejo de Administración del Ente Público Canal Isabel II, de 28 de junio de 2019, de delegación en el Gerente del Ente Público Canal de Isabel II del ejercicio de las competencias que corresponden al Consejo de Administración cómo órgano de contratación para los contratos cuyo importe de adjudicación sea inferior a 1.800.000 euros, excluido IVA.
Segundo
Delegar en el Gerente del Ente Público Canal de Isabel II, de forma permanente, el ejercicio de las funciones propias del órgano de contratación que corresponden al Consejo de Administración, a excepción de la adjudicación y resolución de los contratos que, ya sea individualmente o considerando la suma de todos los lotes en los que se hubiere dividido el objeto del procedimiento de adjudicación, alcancen un presupuesto base de licitación igual o superior a 3.000.000 de euros.
El Gerente del Ente Público Canal de Isabel II deberá dar cuenta al Consejo de Administración de las adjudicaciones, modificaciones y prórrogas efectuadas en el ejercicio de esta delegación, a excepción de las correspondientes a contratos menores.
Tercero
Los presentes acuerdos producirán efectos desde el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 22 de marzo de 2024.—La Secretaria del Consejo de Administración, Elena Lara Arenas.
(03/4.655/24)