EXTRACTO de la Orden 1017/2024, de 25 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para la anualidad 2024, de ayudas destinadas a financiar inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado, así como en materia de bioseguridad en viveros, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (C03.I03.P01.S14).

BDNS (código de identificación): 751911

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).

Primero

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de esta subvención las personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad jurídica, que reúnan los siguientes requisitos:

Línea 2: Inversiones para instalaciones de protección frente a plagas de cuarentena transmitidas por insectos vectores o en equipos de tratamientos mediante termoterapia en viveros de vid.

a) Ser operador profesional inscrito como productor, de Derecho público o privado, en el Registro de Operadores Profesionales de Vegetales (ROPVEG) y, por tanto, estar autorizado por la Comunidad de Madrid para producir MVR. No obstante, y según lo dispuesto en la disposición transitoria única del Real Decreto 949/2021 en tanto se cree de manera efectiva el ROPVEG será suficiente que el solicitante esté inscrito en el Registro de Productores de Semillas y Plantas de Vivero (PROSEMPLAN), o en el Registro de Productores, Comerciantes e Importadores de Vegetales (ROPCIV).

b) Ser productor de MVR susceptibles de, entre otras, las siguientes plagas de cuarentena que son trasmitidas por insectos vectores:

1.o Xylella fastidiosa.

2.o Bursaphelenchus xilophilus.

3.o HLB o greening de los cítricos.

4.o Flavescencia dorada.

c) Ser productor de MVR de alguno o varios de los siguientes lugares de producción:

1.o Campos de planta madre de frutales y vid de categoría inicial y campos de planta madre de cítricos de categoría de base.

2.o Campos de planta madre de frutales y vid de categorías base (excepto cítricos), certificada, CAC (Conformitas Agraria Communitatis) y estándar.

3.o Viveros de plantones de frutales y vid de las categorías certificadas, CAC y estándar.

4.o Campos de material de reproducción de especies aromáticas y ornamentales.

5.o Campos de plantas madre para la producción de material forestal de reproducción.

6.o Viveros forestales.

7.o Campos de producción de semillas de especies hortícolas de categorías prebase, base y estándar.

8.o Campos de material de multiplicación de hortalizas.

d) La inversión en bioseguridad en instalaciones de protección frente a insectos vectores se llevará a cabo en la Comunidad de Madrid.

Segundo

Objeto

El objeto de estas ayudas es financiar inversiones en bioseguridad, en concreto:

Línea 2: Inversiones para instalaciones de protección frente a plagas de cuarentena transmitidas por insectos vectores o en equipos de tratamientos mediante termoterapia en viveros de vid.

La finalidad de estas subvenciones es mejorar la competitividad y resiliencia del sector agroalimentario desde el punto de vista económico, medioambiental y social. Estas ayudas forman parte de la Inversión 3: "Plan de Impulso de la sostenibilidad y competitividad de agricultura y la ganadería. II: Reforzar los sistemas de capacitación y bioseguridad en viveros y centros de limpieza y desinfección", incluida en el Componente 3: "Transformación Ambiental y Digital del Sistema Agroalimentario y Pesquero", Palanca I: "Agenda Urbana y Rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura" (C3.I3.) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea-NextGeneration.

Tercero

Bases reguladoras

Las bases reguladoras de esta convocatoria se regulan en el Real Decreto 949/2021, de 2 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado, así como para inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 263, de 3 de noviembre de 2021. El Real Decreto 949/2021 ha sido modificado por el Real Decreto 367/2023, de 16 de mayo, por el que se modifican dos reales decretos de bases reguladoras de ayudas y subvenciones relativas al Plan de Impulso de la Sostenibilidad y Competitividad de la Agricultura y la Ganadería y a la bioseguridad en el ámbito del transporte por carretera de ganado y en el de viveros, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y por el Real Decreto 2/2024, por el que se modifica el Real Decreto 949/2021.

Cuarto

Financiación de las ayudas

La cuantía total máxima destinada a financiar la convocatoria de la anualidad 2024 asciende a 509.857,32 euros, y se contraerá con cargo a los créditos del Subconcepto 79000: "Modernización, dinamización y difusión tecnológica", del Programa 411A, de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, con la siguiente distribución por líneas:

Línea 2: 192.669,03 euros.

En el supuesto de presentación de solicitudes por importe superior a la cuantía total máxima y siempre que no se haya dictado la resolución de concesión, podrá incrementarse el crédito en una cuantía adicional de 100.000 euros, que será financiada con el Presupuesto de Gastos de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

El importe que resulte disponible se publicará por el órgano concedente previamente a la resolución de la concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicación implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de un nuevo plazo para resolver.

La efectividad de esta cuantía adicional quedará sujeta a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024.

La presente convocatoria se financia a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea-NextGeneration.

Quinto

Cuantía de la subvención

Línea 2: Inversiones para instalaciones de protección frente a plagas de cuarentena transmitidas por insectos vectores o en equipos de tratamientos mediante termoterapia en viveros de vid.

El importe máximo de concesión por inversión a subsidiar será de 84.000 euros.

En todo caso, el importe total de las ayudas de minimis concedidas a un beneficiario no excederá de 300.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales, de acuerdo con lo señalado por el artículo 3.2 del Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre.

Sexto

Plazo y forma de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El texto íntegro de la convocatoria podrá consultarse en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones

Las solicitudes de subvenciones se presentarán por medios electrónicos mediante el modelo que se incorpora como anexo I a la orden de convocatoria, a disposición de los interesados en el portal de administración electrónica https://www.comunidad.madrid

Madrid, a 25 de marzo de 2024.—El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, P. D. (Orden 984/24, de 15 de marzo; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 72, de 25 de marzo), el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio, Rafael García González.

(03/4.908/24)

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
22493 {"title":"EXTRACTO de la Orden 1017\/2024, de 25 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para la anualidad 2024, de ayudas destinadas a financiar inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado, así como en materia de bioseguridad en viveros, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (C03.I03.P01.S14).","published_date":"2024-04-08","region":"madrid","region_text":"Comunidad de Madrid","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-madrid","id":"22493"} madrid BOCM,BOCM 2024 nº 83,Consejería de medio ambiente, agricultura e interior,Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/madrid/boa/2024-04-08/22493-extracto-orden-1017-2024-25-marzo-consejeria-medio-ambiente-agricultura-e-interior-se-aprueba-convocatoria-anualidad-2024-ayudas-destinadas-financiar-inversiones-materia-bioseguridad-mejora-construccion-centros-limpieza-desinfeccion-vehiculos-transporte-carretera-ganado-asi-como-materia-bioseguridad-viveros-marco-plan-recuperacion-transformacion-resiliencia-financiado-union-europea-nextgenerationeu-c03-i03-p01-s14 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.