De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.b) de la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de Creación del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, seis de los miembros del Consejo de Administración del Consorcio, lo serán en representación de los Ayuntamientos consorciados de la Comunidad de Madrid.
Por su parte, el artículo 1.b) del Decreto 100/1985, de 26 de septiembre, por el que se regula el nombramiento de los vocales del Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid y la adhesión de los Ayuntamientos al mismo, establece que dos de esos Vocales lo serán en representación de los Ayuntamientos de más de 50.000 habitantes y uno de ellos lo será en representación de los Ayuntamiento de menos de 50.000 habitantes.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, previa designación de la Junta de Gobierno de la Federación de Municipios de Madrid, en su reunión ordinaria de 7 de marzo de 2024, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.b) del Decreto 100/1985, de 26 de septiembre, el Consejo de Gobierno previa deliberación, en su reunión del día 3 de abril de 2024,
ACUERDA
Primero
Nombrar a don Javier Úbeda Liébana, alcalde de Boadilla del Monte y a doña Leticia Panadero Sáez, concejal de Rivas-Vaciamadrid vocales del Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes Públicos Reguladores de Madrid, como representantes de los Ayuntamientos de más de 50.000 habitantes, en sustitución de don José Luis Álvarez Ustarraoz y don Francisco José Recover Lorente.
Segundo
Nombrar a don Lázaro Polo Gismero, concejal de Los Santos de la Humosa, vocal del Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes Públicos Reguladores de Madrid, como representante de los Ayuntamientos de menos de 50.000 habitantes, en sustitución de don Iván Fernández Heras.
Madrid, a 3 de abril de 2024.
El Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, JORGE RODRIGO DOMÍNGUEZ
La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO
(03/5.007/24)