Para dar cumplimiento al artículo 48.4 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en su calidad de órgano sustantivo, José Luis Fernández-Quejo del Pozo, en representación del Ente Público Canal de Isabel II, procede a la publicación en extracto de la autorización del denominado "Proyecto de ampliación de la EDAR de Hoyo de Manzanares" (T. M. Hoyo de Manzanares).
Con fecha de 19 de febrero de 2024, la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid, emitió el Informe de Impacto Ambiental favorable correspondiente al "Proyecto de ampliación de la EDAR de Hoyo de Manzanares" (T. M. Hoyo de Manzanares), con condiciones a la realización de la alternativa seleccionada.
En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, el Gerente de Canal de Isabel II Ente Público, en cumplimiento de sus funciones como Órgano Sustantivo, en fecha 19 de marzo de 2024,
HA RESUELTO
Autorizar el proyecto denominado "Proyecto de ampliación de la EDAR de Hoyo de Manzanares" (T. M. Hoyo de Manzanares), promovido por Canal de Isabel II, S. A., M. P., considerando que el proyecto cumple con todos los requisitos establecidos en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, y teniendo en cuenta todas las consideraciones recogidas en la Informe de Impacto Ambiental emitido por el Órgano Ambiental.
Esta autorización se otorga supeditada al cumplimiento de las condiciones establecidas en el correspondiente Informe de Impacto Ambiental y la misma pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse recurso potestativo de reposición ante el Director-Gerente del Canal de Isabel II en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del extracto de la presente resolución, o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.
Madrid, a 19 de marzo de 2024.—El Director-Gerente del Ente Público Canal de Isabel II, José Luis Fernández-Quejo del Pozo.
(03/4.427/24)