Advertidos errores en la Orden 1900/2023, de la Consejera de Sanidad, por la que se aprobó la relación definitiva del personal laboral fijo y funcionario de carrera que presta servicios en los centros sanitarios "Gregorio Marañón", "Virgen de la Poveda", "Guadarrama", "José Germain", "La Paz-Cantoblanco", "Doctor Rodríguez Lafora" y Centro Regional de Transfusión, adscritos al Servicio Madrileño de Salud, que se integra en el régimen estatutario (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de diciembre de 2023), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, procede su subsanación.
En virtud de lo expuesto, a propuesta del Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, y de conformidad con lo establecido en el artículo 50, apartado 3, de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Primero
Eliminar, del anexo I en el listado correspondiente a la "relación definitiva de personal integrado", a:
Incluir, en el listado correspondiente a los "profesionales que han presentado renuncia a participar en el proceso de integración" del anexo II, a:
Segundo
Eliminar, del anexo I en el listado correspondiente a la "relación definitiva de personal integrado", a:
Incluir, en la "relación definitiva del personal laboral y funcionario que reingresa con carácter definitivo en el régimen estatutario" del anexo I, a:
Tercero
Se procede a realizar, en el listado correspondiente a la "relación definitiva de personal integrado" del anexo I, la siguiente corrección:
Cuarto
Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer ante la Consejera de Sanidad recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a su publicación de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer recurso contencioso administrativo ante el juzgado correspondiente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.
Madrid, a 29 de febrero de 2024.
La Consejera de Sanidad, FÁTIMA MATUTE TERESA
(03/4.522/24)