Móstoles. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo 14/176, de la Junta de Gobierno Local, de 19 de marzo de 2024, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de Proyectos de Innovación/buenas prácticas educativas en centros docentes de titularidad pública (I.E.S.), de titularidad privada-concertada (C.C.) y de titularidad privada NO concertada, en las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato (I.E.S.), en los centros públicos de Formación Profesional (C.I.F.P.), así como en la Unidad de Formación e Inserción Laboral (U.F.I.L.) de Móstoles, durante el curso escolar 2023/2024.

BNDS: 726902

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de esta convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).

Primero. Objeto.—La Concejalía de Educación y Festejos conforme a las Bases Reguladoras aprobadas el 7 de noviembre de 2023 y extracto de las mismas publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, el 22 de noviembre de 2023, así como en la web del Ayuntamiento, propone el 19 de marzo de 2024 la aprobación en Junta de Gobierno Local, de la convocatoria vinculada a las mismas correspondiente al curso escolar 2023/2024, con la finalidad de apoyar el desarrollo de proyectos y experiencias innovadoras y buenas prácticas educativas encaminadas a mejorar la calidad en los centros educativos del municipio de Móstoles.

Segundo. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los centros docentes de titularidad pública (I.E.S.), de titularidad privada-concertada (C.C.) y de titularidad privada NO concertada, en las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato (I.E.S.), en los centros públicos de Formación Profesional (C.I.F.P.), así como en la Unidad de Formación e Inserción Laboral (U.F.I.L.) de Móstoles.

Tercero. Régimen aplicable.—La concesión de las ayudas, lo será en régimen de concurrencia competitiva.

Cuarto. Financiación y cuantía de las ayudas.—La Concejalía de Educación y Festejos destinará para esta convocatoria, un máximo de 30.000 euros (treinta mil euros), con cargo a la partida 35-3261-48905 del Presupuesto General del Ayuntamiento. Siendo la cuantía máxima establecida de 1.000 euros (mil euros) por proyecto y centro educativo.

Quinto. Documentación y plazo de presentación.—El proyecto (Anexos número 1 y número 2) se presentará, utilizando el tipo de fuente Arial número 11, con márgenes formato normal y una extensión máxima de 20 páginas, dentro de los 20 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Difusión y publicidad.—Se publicará el texto íntegro de la convocatoria, las Bases Reguladoras y demás documentación Anexa en la página web municipal del Ayuntamiento de Móstoles, en el espacio web reservado al efecto (Concejalía Educación y Festejos: tablón anuncios) http://www.mostoles.es/Educacion/es/tablon-anuncios-publicaciones

Séptimo. Criterios de valoración de las solicitudes/proyectos.—La baremación de los proyectos de innovación/buenas prácticas educativas presentados, será realizada por una Comisión constituida por los siguientes miembros: concejal/a y/o persona en quien delegue, dos técnicos/as, uno de los cuales actuará de secretario/a y dos directores/as de los centros educativos del municipio. Se levantará acta de todas las sesiones que se celebren.

Para la selección de los proyectos de innovación/buenas prácticas educativas presentadas, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

a) Calidad: objetivos, contenidos y actividades, metodología, fases y temporalización, presupuesto, evaluación y seguimiento (máximo de 5 puntos).

b) Repercusión en la mejora del bienestar del alumnado, la práctica docente y de la vida escolar en general (máximo 5 puntos). .

c) Implicación y participación de diferentes agentes (profesorado, alumnado, familias, resto de la comunidad educativa, entorno sociocultural, etc. (máximo 5 puntos).

Total: máximo de 15 puntos. Para que un proyecto resulte seleccionado deberá alcanzar al menos 8 puntos. El valor del punto se establecerá, teniendo en cuenta dos variables: el presupuesto máximo de asignación que le pudiera corresponder a cada centro participante en la convocatoria que corresponda, y por otro lado, el número de centros educativos que hayan participado en la misma.

Octavo. Coordinación.—El proyecto deberá contemplar una figura de coordinación que será el responsable del grupo de trabajo y de la interlocución con la Concejalía de Educación y Festejos.

Noveno. Periodo de desarrollo de los proyectos.—Los proyectos desarrollarán su plan de trabajo durante el curso académico 2023/2024.

En Móstoles, a 19 de marzo de 2024.—La concejal-delegada de Educación y Festejos, Cristina Molina de Miguel.

(03/4.607/24)

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