Arganda del Rey. Organización y funcionamiento.Delegación funciones

De conformidad con el artículo 45.1 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común, se hace público para su conocimiento el acuerdo de Pleno municipal de 6 de marzo de 2024 que literalmente dice:

«SEXTO.—APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA PROPUESTA DEL GRUPO MUNICIPAL VOX, "PARA LA REVOCACIÓN DE LAS COMPETENCIAS DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN DELEGADAS EN LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL".

El Pleno de la Corporación acuerda por mayoría con trece votos a favor: diez del Grupo Municipal Socialista y tres del Grupo Municipal VOX; y doce votos en contra: once del Grupo Municipal Popular y uno de la concejala no adscrita; aprobar la propuesta presentada por el Grupo Municipal VOX relativa a "para la revocación de las competencias del Pleno de la Corporación delegadas en la Junta de Gobierno Local" y que literalmente dice:

"El pasado 22 de junio de 2023 se celebraba de manera extraordinaria y urgente la sesión del Pleno en la que se iba a llevar a cabo la organización y funcionamiento de la Corporación Municipal de la presente legislatura. Como punto octavo de la parte dispositiva del orden del día, se debatía y se sometía a votación la propuesta de delegación de competencias del Pleno en la Junta de Gobierno Local, atendiendo a la legislación vigente.

Dentro de las competencias que se delegaron se encuentran las siguientes:

1. El establecimiento, fijación, modificación o suspensión de precios públicos del Ayuntamiento.

2. La concertación o modificación de toda clase de operaciones de crédito con entidades financieras de cualquier naturaleza dentro de cada ejercicio económico que excedan del 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto, salvo las de Tesorería, cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por 100 de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior, de conformidad a lo establecido en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

3. Las competencias que como órgano de contratación atribuye al Pleno la Disposición Adicional Segunda, apartados 2 y 10 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

4. La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando el Pleno fuese el competente para su contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los presupuestos.

5. La autorización, disposición y concertación de gastos plurianuales, cuando estos sean de su competencia en los términos establecidos en el artículo 88 del Real Decreto 500/1990 de 20 de abril.

6. El ejercicio de las acciones judiciales y administración y la defensa de la Corporación en materia de su competencia.

7. La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento, en materia de su competencia.

8. Las demás que expresamente le confieran las leyes, siempre que no se exija mayorías absolutas o especiales para su ejercicio, así como las que estén establecidas en las bases de ejecución del presupuesto municipal.

9. La resolución de los recursos de reposición que se planteen contra los actos dictados en el ejercicio de las facultades delegadas.

Actualmente, la Junta de Gobierno Local está formada por seis concejales y el señor alcalde todos ellos pertenecientes al Partido Popular que gobierna el municipio en minoría simple ya que por 261 votos fue la lista más votada en las elecciones de mayo de 2023.

A nadie se le escapa la importancia de las delegaciones que, gracias a los votos favorables de PP y PSOE, realizó el Pleno en la Junta de Gobierno Local. Tan solo el Grupo Municipal de VOX en Arganda del Rey votó en contra como ya hizo en el Pleno de organización de la pasada legislatura el 19 de junio de 2019.

El posicionamiento de nuestro grupo sobre este punto no ha cambiado y además vemos con preocupación como durante estos ocho meses que la Junta de Gobierno Local ha dispuesto de la confianza del Pleno, se han aprobado expedientes de convalidaciones de gastos con sumas de hasta 300.000 euros, o han aprobado precios públicos como los precios de los festejos taurinos o los precios de la cafetería del centro de mayores sin tener en cuenta el dictamen de la Comisión de Hacienda y Especial de Cuentas que se había convocado el mismo día que la Junta de Gobierno Local con una diferencia de unas horas entre ambas convocatorias. En el caso de los precios públicos de la cafetería del centro de mayores, lo aprobaron incluso existiendo un voto mayoritario en contra en dicha comisión.

Es por ello que desde VOX Arganda pedimos que todos estos asuntos económicos, de contratación, etc., de indudable importancia y que atañen a todos los argandeños, sean debatidos y acordados, no solo por los miembros de un determinado partido en una sala de reuniones, sino por el Pleno de la Corporación verdadero foro representativo de las diferentes fuerzas políticas que votaron los argandeños el pasado mayo de 2023.

En base a lo expuesto, el grupo municipal VOX propone al Pleno la adopción del siguiente:

ACUERDO

1. Revocar la delegación de las competencias propias que el Pleno otorgó a la Junta de Gobierno Local en la sesión del 22 de junio de 2023.

2. Si la propuesta es aprobada, dar cuenta a los servicios interesados"».

Arganda del Rey, a 14 de marzo de 2024.—El alcalde, Alberto Escribano García.

(03/4.349/24)

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