RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2024, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, sobre la convocatoria, por el sistema de Libre Designación, de un puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, NPT 78891 (24646), en la Subdirección General de Asistencia a Municipios, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.

La Dirección General de Reequilibrio Territorial, Subdirección General de Asistencia a Municipios, tiene creado y clasificado en su plantilla de personal, un puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

El puesto de trabajo, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, tiene las siguientes características:

— Puesto número de trabajo: 78891(24646).

— Denominación: Secretaría clase 3.a S. A. T. Jefe de Área de Asesoramiento Técnico, Económico y Contable a Municipios. Grupo A1.

— Nivel de complemento de destino: 29.

— Complemento específico: 39.863,40 euros/anuales.

— Escala: Funcionarios Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.

— Subescala: Secretaría-Intervención.

— Provisión: Libre Designación.

Consultado el Registro integrado de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, el puesto se encuentra vacante.

Para la tramitación del expediente de aprobación de la convocatoria y las bases que han regir la provisión, mediante el sistema de Libre Designación, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en la Subdirección General de Asistencia a Municipios, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, es de aplicación el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

El puesto de trabajo, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, con número PT 78891 (24646), fue creado por Orden del Consejero de Economía, Empleo y Hacienda por la que se modifica la Relación de Puestos de Trabajo y la Plantilla Presupuestaria de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, de fecha 4 de julio de 2019; modificado por Orden de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se modifica la Relación de Puestos de Trabajo y la plantilla de Personal de la Consejería de Administración Local y Digitalización, de fecha 3 de diciembre de 2021; clasificado por Resolución de la Dirección General de Administración Local, de fecha 11 de septiembre de 2019; y modificada la clasificación, referida a su forma de provisión, por Resolución de la Dirección General de Reequilibrio Territorial de fecha 21 de diciembre de 2021.

Visto el informe favorable del Área de Régimen Jurídico Local, y que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.

Esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.4.k) del Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.

Considerando que esta Dirección General de Reequilibrio Territorial, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, es igualmente competente para la publicación en el Boletín oficial de la Comunidad de Madrid, y posterior remisión al Ministerio para la publicación del extracto en el "Boletín Oficial del Estado".

RESUELVO

Primero

Aprobar la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de Libre Designación, del puesto de trabajo con número de PT 78891 (24646), reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en la Subdirección General de Asistencia a Municipios, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, que se detalla en las Bases. Anexo I.

Segundo

Aprobar las bases que habrán de regir la convocatoria para la provisión mediante el sistema de Libre Designación, del puesto de trabajo con número de PT 78891(24646), reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en la Subdirección General de Asistencia a Municipios, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local. Anexo II.

Tercero

Remitir al órgano competente de la Comunidad de Madrid la presente Resolución para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto

Remitir la presente Resolución al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, a efectos de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Quinto

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Presidencia y Administración Local, o ante el Director General de Reequilibrio Territorial, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Asimismo, para litigios entre Administraciones públicas, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Madrid, a 7 de marzo de 2024.—El Director General de Reequilibrio Territorial, Javier Carazo Gil.

Imagen del artículo RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2024, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, sobre la convocatoria, por el sistema de Libre Designación, de un puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, NPT 78891 (24646), en la Subdirección General de Asistencia a Municipios, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.

ANEXO II

BASES PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE LIBRE DESIGNACIÓN, DE UN PUESTO DE TRABAJO, RESERVADO A FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL, NPT 78891 (24646), EN LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ASISTENCIA A MUNICIPIOS, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE REEQUILIBRIO TERRITORIAL, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

Primera

Normativa aplicable

La presente convocatoria se regirá por lo previsto en los artículos 45 y siguientes del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y el Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.

Segunda

Objeto de la Convocatoria

Provisión por Libre Designación del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaria-Intervención, en la Subdirección General de Asistencia a Municipios, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.

Tercera

Características del puesto

Puesto número de trabajo 78891 (24646):

— Denominación y clase del puesto: Secretaria clase 3.a SAT. Jefe de Área de Asesoramiento Técnico, Económico y Contable a Municipios. Servicio de asistencia a municipios.

— Entidad Convocante: Dirección General de Reequilibrio Territorial, Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.

— Escala: Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

— Subescala: Secretaria-Intervención.

— Nivel de complemento de destino: 29.

— Complemento específico: 39.863,40 euros /anuales.

Cuarta

Requisitos para su desempeño

Podrán participar en el presente proceso quienes posean la condición de funcionario de carrera de la Escala de habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaria-Intervención.

No podrán concurrir a esta convocatoria los funcionarios que se encuentren comprendidos en cualquiera de los supuestos recogidos en el artículo 36.2.a), b) y c) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Quinta

Criterios de selección en caso de presentarse más de un candidato

Los criterios de selección para el puesto se detallan en el cuadro anexo a la convocatoria (Anexo I).

Sexta

Plazo, presentación de solicitudes y méritos

Los interesados en participar en la convocatoria presentarán solicitud debidamente cumplimentada, dentro de los quince días hábiles siguientes al de la publicación del extracto de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

Las solicitudes se presentarán electrónicamente, junto con la documentación que debe acompañarlas, a través del Registro Electrónico de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, o en los demás registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cumplimentando el modelo al que podrá accederse desde la sede electrónica de la Comunidad de Madrid https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo

A la solicitud se acompañará el currículum de la persona solicitante en el que constarán, los años de servicio, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública, los títulos académicos que en cada caso se posean y cuantas otras circunstancias meritorias se estimen oportuno poner de manifiesto. Asimismo, deberá aportar certificado de servicios emitido en el plazo de presentación de instancias, firmado por el/la titular del órgano competente de la Subdirección General de Relaciones con otras Administraciones del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública. Este certificado será requisito indispensable para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria relativos a la escala, subescala, categoría, subgrupo de titulación, Administración de procedencia, destinos ocupados y situación administrativa.

De no ser posible aportar el certificado junto a la solicitud, deberá presentarse justificante de haberlo solicitado en plazo.

Al ser los solicitantes sujetos del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, la notificación se realizará a través de medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 del mismo texto legal. A tal efecto, el solicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid, accediendo al mismo a través del enlace http://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-electronica-punto-a...

Séptima

Resolución de la convocatoria

Concluido el plazo, el titular de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, procederá, en su caso, previa constatación de los requisitos exigidos en la convocatoria, a dictar la Resolución correspondiente en el plazo de un mes, dando traslado a la Dirección General de Función Pública, para la anotación y publicación conjunta en el "Boletín Oficial del Estado". Dicha Resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y de la competencia para proceder a su nombramiento. La plaza deberá ser adjudicada entre los candidatos que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria. En todo caso, deberá quedar acreditada en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido, pudiendo declararse desierta, aunque concurran personas que posean los requisitos, si se considera que ninguna es adecuada para el desempeño del puesto convocado.

Octava

Proceso de Selección

Durante el proceso de selección se analizarán los Currículum Vitae de cada candidato y se podrá realizar una entrevista curricular con el candidato para aclarar aspectos del mismo. Para la selección de los candidatos se tendrá en cuenta los principios de igualdad, mérito y capacidad recogidos en el artículo 55 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Novena

Toma de posesión

El plazo posesorio será el mismo que se establece en el artículo 41 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se establece el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

(03/3.983/24)

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