ORDEN 607/2024, de 7 de marzo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se corrige la Orden 29/2024, de 10 de enero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de enero), por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden 1658/2023, de 16 de mayo, del entonces Vicepresidente Consejero de Educación y Universidades (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 25 de mayo), por la que se convoca, para su cobertura interina, un puesto de trabajo vacante en la entonces Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades y se prevé la constitución de lista de espera.

Por Orden 1658/2023, de 16 de mayo, del entonces Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 25 de mayo), se ha convocado, para su cobertura interina, un puesto de trabajo vacante adscrito al Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala Arquitectura Técnica, Grupo A, Subgrupo A2, previéndose la constitución de lista de espera, para la futura cobertura interina de puestos de trabajo de idénticas características en la entonces Vicepresidencia.

Mediante Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de junio de 2023), se atribuyen a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades las competencias que ostentaba hasta la fecha la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, con excepción de las competencias de Vicepresidencia, coordinación de la acción del Gobierno y de Portavocía.

Con fecha 23 de enero de 2024 se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la Orden 29/2024, de 10 de enero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por la mencionada Orden 1658/2023, de 16 de enero, por la que se adjudicaba el puesto de trabajo 24208 a Elías Fernando Arjona y se constituía lista de espera. Ahora bien, se ha advertido la existencia de errores materiales y aritméticos en las puntuaciones que figuran en el listado definitivo de admitidos que determinan cambios en el orden de prelación de los candidatos.

Por ello, y de conformidad con lo dispuesto el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como, en el artículo 53,5 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y en los artículos 13 y 14 del referido Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Administración de la Comunidad de Madrid, y en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 4 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los órganos de la Administración de la Comunidad de Madrid, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal,

RESUELVO

Primero

Objeto

1. Se procede a modificar el anexo referente a la Resolución de convocatoria de cobertura interina de puestos de trabajo para funcionarios interinos en donde figuraba como adjudicatario el puesto 24208 Elías Fernando Arjona, debiendo figurar como adjudicatario Roberto Muñoz López, como así consta en anexo a esta Orden.

Asimismo, se procede a modificar el anexo II, Lista de Espera Departamental de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades para la cobertura interina prevista en la Orden 1658/2023, de 16 de mayo, del entonces Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 25 de mayo de 2023), que debe figurar tal y como se recoge en el anexo II correspondiente a esta Orden.

A resultas de lo indicado anteriormente, se declara adjudicatario del puesto de trabajo convocado número 24208, denominado Técnico de Grado Medio, al solicitante que se expresa en el anexo de la presente Orden, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del ordinal quinto de la Orden 1658/2023, de 16 de mayo, del entonces Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, si el adjudicatario renunciase a su nombramiento como funcionario interino, o no tomara posesión en el plazo establecido al efecto, se adjudicará el mencionado puesto de trabajo en favor del siguiente candidato, según el orden de puntuación obtenido por los solicitantes admitidos, que es coincidente con el que consta en la lista de espera publicada; y así sucesivamente hasta que se produzca la efectiva cobertura del puesto convocado.

2. Se constituye, asimismo, conforme a lo establecido en el ordinal noveno de la mencionada Orden 1658/2023, de 16 de mayo, del entonces Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, la lista de espera que se acompaña como anexo II, a efectos del nombramiento, en su caso, de funcionarios interinos del mismo Cuerpo y Especialidad funcionarial, declarando como excluidos definitivos a todos los solicitantes que habiendo participado en el presente procedimiento no figuren incluidos en la misma.

Segundo

Nombramientos

1. El nombramiento será efectuado por el titular de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, y notificado al candidato seleccionado, el cual dispondrá de un plazo de cinco días hábiles para tomar posesión del puesto de trabajo.

2. Los nombramientos de funcionarios interinos tendrán carácter temporal, extinguiéndose la relación de servicios, en los supuestos contemplados en los apartados 3 y 4 del artículo 10 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. El plazo máximo del nombramiento del funcionario interino será de tres años, de conformidad con el artículo 10.1 y 4 del citado Estatuto Básico del Empleado Público.

Tercero

Recursos

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Dado en Madrid, a 7 de marzo de 2024.—El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, P. D. (Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades), la Secretaria General Técnica, Paz Cuesta Pedrajas.

RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA DE COBERTURA INTERNA DE PUESTOS DE TRABAJO PARA FUNCIONARIOS INTERINOS


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