RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia (turno libre), que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/1254/2022 de 7 diciembre, en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Los artículos 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia regulan la asignación inicial de puestos de trabajo y la toma de posesión de los funcionarios de nuevo ingreso al servicio de la Administración de Justicia.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, esta Dirección General,

RESUELVE

Primero

Adjudicar los destinos en los órganos judiciales y fiscales, de acuerdo con la relación que se incluye como Anexo I, a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa (turno libre) nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid por Orden del Ministerio de Justicia de 6 de marzo de 2024.

Segundo

Los funcionarios de Tramitación Procesal y Administrativa, a los que se les otorga destino en esta Resolución, deberán tomar posesión ante la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de la Comunidad de Madrid en el plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado", de acuerdo con lo establecido en el Art. 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La toma de posesión de aquellos funcionarios que hayan sido destinados a órganos en lo que exista una Unidad Administrativa y de Coordinación del Proyecto Civitas se realizara en estas.

Tercero

Los funcionarios destinados en virtud de esta Resolución que pertenezcan ya al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o de Auxilio Judicial y opten por continuar en activo en alguno de estos cuerpos no se desplazarán a tomar posesión del puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado segundo, comuniquen a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid dicha opción, a los efectos de la declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial. Copia de la Resolución por la que se les declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios Personales de la Administración de Justicia.

Cuarto

En caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Tramitación Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia y dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión; podrán solicitar del organismo competente correspondiente a su destino como funcionario del Auxilio Judicial, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo. Estos días se considerarán hábiles y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados.

Quinto

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas, que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.

Sexto

En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1984, de 26 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia, en virtud del artículo 498 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio, reformada por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, aquellos aspirantes que ostenten ya la condición de funcionarios de carrera deberán manifestar su opción en el acta de toma de posesión.

Séptimo

Los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, a los que se otorga destino en virtud de esta Resolución, no obstante haber sido destinado con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concurso de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Resolución. El cómputo de los dos años se realizará conforme a lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Octavo

Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante Resolución de 16 de enero de 2024 de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, no adjudicadas a los aspirantes de nuevo ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, turno libre, mantienen su condición de desiertas sin perjuicio de que puedan anunciarse como vacantes en un concurso ordinario, si no se promulga oferta de empleo público, o en caso de que la oferta pública de empleo que corresponda no haga necesario el anuncio de todas las desiertas existentes.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejera de Justicia y Víctimas, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", según lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 6 de marzo de 2024.—La Directora General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, Alejandra Alonso Bernal.


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