Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales Las Vegas. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Decreto 63, de 28 de febrero, por el que se aprueba la convocatoria para la concesión de prestaciones sociales de carácter económico, en régimen de concurrencia competitiva, de las Ayudas de apoyo a la integración, de la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales "Las Vegas", para el año 2024.

BDNS (Identif.): 746477

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://webpub2.igae.hacienda.gob.es/teseonet/convocatoria/detalle?id=94...

Mediante acuerdo plenario, de 29 de septiembre de 2020, se aprueba la ordenanza reguladora de las prestaciones sociales de carácter económico. Posteriormente se publican en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 52, de 3 de marzo de 2021, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Por resolución de Presidencia 63, de 28 de febrero de 2024, se aprueba la convocatoria para la concesión de prestaciones sociales de carácter económico, en régimen de concurrencia competitiva de las Ayudas de apoyo a la integración (partida presupuestaria 48901). Importe máximo: 79.000 euros.

Objeto

La Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales "Las Vegas", en el ejercicio de las potestades que le son propias, otorgadas por la legislación vigente, así como en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, establece las presentes bases reguladoras, mediante las que se regularán las ayudas de emergencia, Ayudas de apoyo a la integración (partida presupuestaria 48901. Tendrán derecho a este tipo de ayudas todas aquellas personas usuarias de Servicios Sociales que cumplan criterios de beneficiarios recogidos en el artículo 6 de la ordenanza reguladora de prestaciones sociales de carácter económico de la Mancomunidad de Servicios Sociales "Las Vegas", primando aquellos que no tengan menores a su cago, y que hayan alcanzado en el baremo de acceso a la prestación la puntuación mínima exigida (anexos 5 y 6); excepto las ayudas destinadas a "eliminación de barreras arquitectónicas" y las destinadas a "comedores escolares, asistencia a campamentos y actividades extraescolares". El/la técnico de referencia especificará la tipología de ayuda determinada por su necesidad. Importe máximo: 79.000 euros.

Beneficiarios

Podrán solicitar ayudas de emergencia social todos aquellos individuos y/o familias que se encuentren empadronados/as y residan en alguno de los municipios de la Mancomunidad. Las excepciones, así como las especificidades en cuanto a lo considerado como unidad familiar viene recogido en el artículo 6 de la ordenanza reguladora.

Finalidad.

Estas ayudas económicas de emergencia social establecidas en el artículo 17 de la Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, podrán ser de pago único o fraccionado (siempre con carácter anticipado a la justificación, por las características especiales de este tipo de subvenciones) con el límite económico establecido en la ordenanza reguladora.

La elección de una u otra modalidad dependerá de la naturaleza de la necesidad a cubrir y de la valoración de idoneidad técnica que se realice en su aplicación.

Las ayudas económicas mancomunadas son un instrumento que tienen como finalidad prevenir la exclusión social de sus ciudadanos y favorecer la integración social de una forma proactiva, siempre dentro del marco de una intervención social y constituyendo un apoyo para la misma. Se aplicarán en situaciones de grave necesidad socioeconómica individual o familiar, dentro de los límites y posibilidades económicas de los presupuestos de la Mancomunidad.

Bases reguladoras

Las bases reguladoras son las contenidas en la ordenanza reguladora de prestaciones sociales de carácter económico, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 52, de 3 de marzo de 2021.

Plazo de presentación.

Desde la publicación de la convocatoria en la Base Nacional de Subvenciones hasta el 31 de diciembre de 2024.

San Martín de la Vega, a 29 de febrero de 2024.—El presidente, Javier Pizarro Vinagre.

(03/3.724/24)

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