ORDEN 365/2024, de 22 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 2279/2023, de 15 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas para 2024.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispone en su artículo 8.1, con carácter de legislación básica del Estado, que "los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria". Por su parte, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación en su artículo 4 bis.

Asimismo, el artículo 25.1.a) de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, establece la obligación de publicar los Planes Estratégicos de Subvenciones, además de en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro de los veinte días siguientes a su aprobación.

En cumplimiento de dichos preceptos, en virtud de la Orden 2279/2023, de 15 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas para 2024, que fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 20 de diciembre de 2023.

En el desarrollo del citado Plan Estratégico, se han producido diversas circunstancias sobrevenidas que hacen necesaria su modificación, a fin de actualizar las cantidades consignadas en algunas de las subvenciones previstas, así como introducir algunas actuaciones no incluidas inicialmente en el mismo.

Por ello, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,

DISPONGO

Artículo único

Modificar la Orden 2279/2023, de 15 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas para 2024, en los términos que se concretan a continuación:

Uno. En materia de artes escénicas, musicales, cinematográficas, audiovisuales y de videojuego, el apartado "Previsión presupuestaria" queda redactado con el siguiente tenor:

"Previsión presupuestaria:

La Dirección General de Cultura e Industrias Creativas financiará las ayudas comprendidas en el presente Plan Estratégico con cargo a los créditos de las partidas que integran los capítulos IV y VII del programa 334A (Promoción y Difusión Cultural). El importe máximo de las adjudicaciones que se podrá conceder en las distintas líneas de subvención de concurrencia competitiva y en las de consignación nominativa es de 19.715.000 euros, siendo 10.825.000 euros de concurrencia competitiva y 8.790.000 euros de consignación nominativa, incluidos convenios subvención.

En el importe correspondiente a la gestión de convocatorias de concurrencia competitiva, se incluyen las cantidades correspondientes a las segundas anualidades de las convocatorias bienales 2023-2024, por importe de 1.700.000 euros.

En cuanto a las convocatorias bienales 2024-2025, el importe que se ejecutará en la segunda anualidad será de 2.275.000 euros, en los términos que se especifican más adelante".

Dos. El apartado 2, "Ayudas a entidades culturales privadas sin ánimo de lucro", queda redactado con el siguiente tenor:

"2. Ayudas a entidades culturales privadas sin ánimo de lucro:

Objetivo: El apoyo a la actividad cultural que realizan las asociaciones y fundaciones madrileñas, se justifica por ser ambas entidades un medio de participación de los ciudadanos en actividades de teatro, danza, música y cinematografía.

Se realizará mediante una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, para llevar a cabo actividades de teatro, danza, música y cinematografía, con un importe máximo de 450.000 euros, que se imputará a la partida 48099.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2024.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2024".

Tres. El apartado IV, "Convenio subvención con la Fundación Escuela de la Cinematografía y del Audiovisual de la Comunidad de Madrid: 900.000 euros, con cargo a la partida 48100, financiado con cargo a la transferencia del Instituto de las Ciencias y las Artes Audiovisuales (ICAA), para incubadoras de proyectos audiovisuales", queda redactado con este tenor:

"IV. Convenios subvención:

1. Convenio subvención con la Fundación Escuela de la Cinematografía y del Audiovisual de la Comunidad de Madrid. Importe: 957.382,57 euros, con cargo a la partida 48100, financiado con cargo a la transferencia del Instituto de las Ciencias y las Artes Audiovisuales (ICAA), para incubadoras de proyectos audiovisuales.

2. Convenio subvención con el Clúster Audiovisual de Madrid (CLAM). Importe: 120.000 euros, con cargo a la partida 48099, para el proyecto: Puesta en marcha, estrategia y comunicación".

Cuatro. El apartado "Convocatorias de ayudas vinculadas al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia" queda redactado con este tenor:

«1. Convocatorias de ayudas en el ámbito del Componente 24:

1.1. C24.I02.P02 "Modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales, así como el fomento de circuitos de difusión interterritorial".

Orden 2188/2022, de 16 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establece la convocatoria de ayudas destinadas a la financiación de proyectos de inversión en infraestructuras escénicas y musicales con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU), correspondiente al año 2022.

Se trata de la convocatoria de ayudas correspondiente a 2022, cuya resolución se ha efectuado en 2023, y cuyos plazos de ejecución y justificación se han ampliado hasta el 31 de mayo y el 30 de junio, respectivamente, de 2024. Estas ayudas tienen como finalidad contribuir a la financiación de inversiones para la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales ubicadas en la Comunidad de Madrid, tanto de titularidad pública como privada. Las actuaciones elegibles que se financiarán con cargo a estas ayudas son las siguientes:

a) Modernización de sistemas digitales de audio y comunicaciones en red.

b) Modernización de los sistemas de iluminación digital.

c) Modernización de los sistemas de vídeo digital.

d) Modernización de los sistemas de gestión digital de maquinaria escénica.

e) Modernización de las herramientas y sistemas digitales de gestión artística y de producción de espectáculos en los recintos escénicos y musicales.

1.2. C.24.I1.P1.2 "Apoyo a aceleradoras culturales":

Orden 2646/2022, de 30 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas al apoyo a aceleradoras culturales, con cargo al "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por el Fondo Europeo, Next Generation EU".

Se trata de la convocatoria de ayudas correspondiente a 2022, cuya resolución se ha efectuado en 2023, y cuya ejecución se desarrollará a lo largo de 2024, con un plazo máximo de diciembre de 2026.

2. Convocatorias de ayudas en el ámbito del Componente 25:

Convocatoria de ayudas en el marco del Subproyecto: "C25.I01.P02.S15. Ayudas a la difusión y explotación en salas de exhibición a través de las CC. AA. Comunidad de Madrid", por importe de 300.000 euros, con cargo al Programa 334A, subconcepto 77309, financiada con cargo a los remanentes de la convocatoria aprobada en virtud de la Orden 1131/2022, de 13 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecieron las bases reguladoras para la concesión de ayudas a titulares de salas de exhibición cinematográfica y se aprobó la convocatoria correspondiente al año 2022.

Plazo de publicación de la convocatoria: hasta el 31 de marzo de 2024.

Plazo de resolución de la convocatoria: segundo trimestre de 2024.

Plazo de ejecución de las ayudas: hasta el 31 de diciembre de 2024».

Madrid, a 2 de febrero de 2024.

El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, MARIANO DE PACO SERRANO

(03/3.071/24)

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