RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2024, de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria, por la que se hace público el Plan de Inspección de Sanidad para el año 2024.

La Orden 187/2023, de 8 de febrero, del Consejero de Sanidad, por la que se aprueban el Plan Integral de Inspección, así como los criterios de actuación para los años 2023-2025, aprobó, igualmente, en su Anexo II, los Planes Parciales para el año 2023 que figuran en el mismo, siendo publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 52, de 2 de marzo de 2023.

Teniendo en cuenta las especificidades de actualización requeridas para la aplicación de los programas parciales de inspección de la Consejería de Sanidad durante el año 2024, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado tercero de la referida Orden, que faculta a la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria para adoptar las medidas de desarrollo y ejecución de la misma, así como de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Orden 922/2009, de 17 de diciembre, por la que se fijan los criterios de elaboración y seguimiento del Plan Integral de Inspección de Sanidad de la Comunidad de Madrid y la composición y funciones de la Comisión de Coordinación de las Inspecciones de la Consejería de Sanidad,

RESUELVO

Primero

Actualizar el Anexo II de la Orden 187/2023, de 8 de febrero, estableciendo los Programas de Inspección de Sanidad a desarrollar durante el año 2024 y que, a continuación, se relacionan:

1. Plan de Inspección de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria

1.1. Plan Parcial de Inspección de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios.

Objetivo general: El objetivo del plan es garantizar la eficiencia, calidad y seguridad de la asistencia sanitaria que se presta a los ciudadanos, en todos los centros y servicios sanitarios, tanto públicos como privados, y en los vehículos de transporte sanitario, asegurando el cumplimiento de la normativa vigente en lo referente a planta física, personal y medios, así como las normas mínimas para su correcto funcionamiento.

1.1.1. Programas básicos de inspección.

1.1.1.1. Programa básico de inspección de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

Objetivo:

— Comprobar que los centros, servicios y establecimientos sanitarios reúnen los requisitos previstos en la legislación vigente, previamente a la concesión y/o renovación de sus distintos tipos de autorización.

1.1.1.2. Programa básico de inspección de vehículos para transporte sanitario terrestre.

Objetivo:

— Comprobar que los vehículos de transporte sanitario reúnen los requisitos técnico-sanitarios previstos en la legislación vigente, previamente a la emisión o renovación de su certificación técnico-sanitaria.

1.1.2. Programas de inspección de oficio.

Objetivo:

— Garantizar que la asistencia prestada en los centros, servicios y establecimientos sanitarios se lleva a cabo en condiciones de seguridad para el usuario y de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente.

1.1.2.1. Programa de comprobación de la existencia y vigencia de la autorización sanitaria de funcionamiento.

1.1.2.2. Programa de seguimiento del cumplimiento de los requisitos en centros y servicios sanitarios que por su tipología u oferta asistencial presentan mayor índice de riesgo para la salud de la población.

1.1.2.3. Programa de control de vehículos de transporte sanitario terrestre.

1.1.2.4. Programa de inspección de denuncias y reclamaciones.

1.1.2.5. Programa específico de centros sanitarios autorizados para la práctica de interrupción voluntaria del embarazo.

1.1.2.6. Programa específico para comprobación del cumplimiento de los requisitos técnico-sanitarios en centros sanitarios con autorización de la oferta asistencial de Odontología/Estomatología.

1.1.2.7. Programa específico para la prevención y control del intrusismo, mediante comprobación de la veracidad de las plantillas de profesionales durante el período de vigencia de la autorización sanitaria de los centros, servicios y establecimientos sanitarios.

1.1.2.8. Programa específico para comprobación del cumplimiento de los requisitos técnico-sanitarios en centros sanitarios renovados por declaración responsable.

1.1.2.9. Programa específico para comprobación del cumplimiento de los requisitos técnico-sanitarios en centros sanitarios renovados o modificados por silencio administrativo estimatorio.

1.1.2.10. Programa para garantizar la seguridad de los pacientes más vulnerables. Valoración de los servicios sanitarios integrados en una organización no sanitaria, ubicados en residencias de mayores y en centros de día.

1.1.2.11. Programa específico para comprobación del cumplimiento del Decreto 4/2021, de 20 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los requisitos para mejorar la seguridad del paciente, en los centros, servicios y establecimientos sanitarios recogidos en su artículo 2 punto 2.

1.1.2.12. Programa específico para comprobación del cumplimiento de los requisitos técnico-sanitarios con autorización de la oferta asistencial Medicina estética.

1.1.2.13. Programa específico para comprobación del cumplimiento de los requisitos técnico-sanitarios en centros/servicios sanitarios donde se utilice material y/o instrumental no fungible que precise esterilización.

1.2. Plan Parcial de Inspección Sanitaria.

1.2.1. Integrar la información estadística departamental de la Subdirección General.

Objetivos:

— Redefinir los indicadores de actividad de la Inspección Sanitaria.

— Desarrollar la herramienta informática que permita mejorar el cálculo y el seguimiento de los indicadores de actividad de la Inspección Sanitaria.

1.2.2. Programa de optimización de la gestión e inspección de la Incapacidad Temporal.

Objetivos:

— Desarrollar las agendas profesionales en el programa informático de gestión de la Incapacidad Temporal ITWeb.

— Continuar con el desarrollo de nuevas funcionalidades del programa ITWeb para la mejora de la gestión de la Incapacidad Temporal y la automatización de procedimientos de control.

— Asesorar y formar a los profesionales implicados en la gestión de la IT en la utilización del programa ITWeb como herramienta de gestión de la Incapacidad Temporal.

— Impartir formación teórica y práctica en valoración de Incapacidad Temporal derivada de patologías relevantes a Médicos de Familia.

— Impartir formación teórica y práctica en materia de Incapacidad Temporal a residentes de Medicina Familiar y Comunitaria y residentes de Medicina y Enfermería del Trabajo.

— Desarrollar en la Unidad de Valoración de Enfermedades Profesionales de la Comunidad de Madrid (UVEP) la implementación de herramientas de comunicación (informáticas, etcétera) para la correcta captación y gestión de los casos susceptibles de ser valorados con Enfermedad Profesional.

— Desarrollar y monitorizar los programas específicos ya implantados para el control de la Incapacidad Temporal del personal de los centros dependientes de la Administración Regional.

— Asesorar y formar a los facultativos hospitalarios en la utilización del programa ITWeb como herramienta de gestión de la Incapacidad Temporal.

1.2.3. Programa de optimización de la gestión del visado farmacéutico.

Objetivos:

— Comprobar la adecuación de la prescripción farmacéutica a los criterios establecidos de indicación para aquellos medicamentos que requieren visado, promoviendo, en su caso, la actualización de los criterios de uso de determinados medicamentos y su visado.

— Promover todas aquellas actuaciones que favorezcan la agilización y homogeneización de los criterios para el visado en el Servicio Público de Salud.

1.2.4. Programa de seguimiento y análisis de los informes técnicos en materia de responsabilidad patrimonial derivada de la asistencia sanitaria.

Objetivos:

— Verificar el grado de realización de informes y la adecuación de los tiempos de respuesta, fomentando el apoyo de otras áreas, adecuando los recursos a la demanda, supervisando el circuito de tramitación interna, detectando y evitando posibles ineficiencias.

1.2.5. Programa de actualización y supervisión en materia de reintegro de gastos.

Objetivos:

— Avanzar en la informatización de los circuitos de tramitación interna de los expedientes de reintegro de gastos.

— Participar junto con el SERMAS en el grupo de trabajo constituido para la mejora de la prestación ortoprotésica.

1.2.6. Programa de colaboración en la instrucción de expedientes disciplinarios a personal sanitario dependiente del SERMAS.

Objetivos:

— Dar respuesta a las peticiones de instructores formulada por la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del SERMAS.

1.3. Plan Parcial de Evaluación Sanitaria.

1.3.1. Programa de auditoría hospitalaria.

Objetivos:

— Evaluar el Cumplimiento de los Objetivos de Calidad y seguridad. Verificar el cumplimiento de los objetivos fijados a los centros por la Subdirección General de Calidad.

— Evaluar la adecuación de la prescripción de medicamentos de alto impacto a los protocolos establecidos en la Comunidad de Madrid.

— Evaluar las Terapias Respiratorias Domiciliarias (TRD) comprobando la calidad de la prestación, las medidas de control y el cumplimiento de las obligaciones de las entidades suministradoras.

— Evaluar la organización y funcionamiento de las comisiones de docencia en formación sanitaria especializada.

— Evaluar los servicios de transfusión de la Comunidad de Madrid.

1.3.2. Programa de verificación del cumplimiento de requisitos para acreditación docente de formación pregrado en hospitales.

Objetivo:

— Verificar el cumplimiento de los requisitos necesarios para la acreditación de centros en la docencia de grado en Ciencias de la Salud.

1.3.3. Programa de verificación de las condiciones de autorización y funcionamiento de los biobancos con fines de investigación biomédica.

Objetivos:

— Verificar el cumplimiento de los requisitos necesarios para la acreditación de biobancos de investigación.

— Evaluar el funcionamiento de los biobancos.

1.3.4. Programa conjunto de auditoria de Unidades de Prevención de riesgos laborales del SERMAS.

Objetivos:

— Evaluar conjuntamente con la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del SERMAS el funcionamiento de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales (SPRL) del SERMAS.

1.3.5. Programas de verificación de acuerdos marco y contratos de gestión. convocados/adjudicados por el Servicio Madrileño de Salud.

Objetivos:

— Evaluar el cumplimiento de los requisitos recogidos en los Pliegos de Prescripciones Técnicas (PPT).

— Comprobar la prestación del servicio por los centros adjudicatarios, verificando que las condiciones de prestación del servicio se ajustan a lo estipulado.

1.3.6. Programa de verificación de los equipos PROA (Programa de optimización de uso de antimicrobianos) en la Comunidad de Madrid.

Objetivos:

— Evaluar conjuntamente con inspección sanitaria el cumplimiento de los criterios para la certificación de equipos PROA.

1.3.7. Programa de seguimiento de los criterios establecidos en el Decreto 4/2021, de 20 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los requisitos para mejorar la seguridad del paciente en los centros, servicios y establecimientos sanitarios recogidos en su artículo 2 punto 1.

Objetivos:

— Evaluar el avance en la implementación de medidas para la seguridad del paciente en los centros de titularidad privada con internamiento y/o CMA.

1.4. Plan Parcial de Inspección y Ordenación Farmacéutica.

1.4.1. Programa de garantía de las instalaciones de las oficinas de farmacia, botiquines, depósitos de medicamentos y servicios de farmacia.

Objetivo:

— Verificar, con carácter previo a la obtención de la autorización sanitaria, que las instalaciones propuestas para las oficinas de farmacia, Depósitos de medicamentos y Servicios de Farmacia, o las modificaciones que se realizan en las estructuras inicialmente aprobadas reúnen los requisitos estructurales, dotación, personal, medios y normas mínimas de funcionamiento, suficientes para realización de la actividad sanitaria que normativamente tienen asignada.

1.4.2. Programa de idoneidad de las páginas web de las oficinas de farmacia para la venta de medicamentos humanos no sujetos a prescripción médica.

Objetivo:

— Verificar, con carácter previo a su puesta en funcionamiento, que los sitios web de las oficinas de farmacia para la venta de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica, reúnen las condiciones establecidas en el Real Decreto 870/2013, de 8 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia al público, a través de sitios web, de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica.

1.4.3. Programa de evaluación del funcionamiento y de la calidad del servicio prestado a los ciudadanos por las Oficinas de Farmacia.

Objetivo:

— Inspección y seguimiento de la actividad desarrollada por las oficinas de farmacia en todos los ámbitos de su competencia, incluida la elaboración y dispensación de fórmulas magistrales y preparados oficinales, control y supervisión de la gestión de medicamentos estupefacientes, la venta a distancia de medicamentos a través de sitios web y en su caso los depósitos de medicamentos, con el fin de evaluar el funcionamiento y la calidad del servicio prestado por las oficinas de farmacia a los ciudadanos.

1.4.4. Programa de evaluación del acceso a la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud.

Objetivo:

— Comprobar que el acceso de los usuarios a la prestación farmacéutica se realiza con criterios terapéuticos y de uso racional del medicamento, en condiciones de transparencia, calidad y eficiencia, en especial seguimiento a colectivos sensibles bien por sus condiciones sanitarias o sociales.

1.4.5. Programa de control de la dispensación de medicamentos en oficinas de farmacia.

Objetivo:

— Verificar que la dispensación de medicamentos en general, y de aquellos medicamentos diana en particular, se realiza en el marco de la legislación vigente, con especial atención a medicamentos susceptibles de desvío a otros usos, sometidos a condiciones especiales de seguimiento y control por sus características terapéuticas o sobre los que se hayan detectado pautas inusuales en la distribución.

1.4.6. Programa de seguimiento de la utilización fraudulenta de recetas médicas oficiales del Sistema Nacional de Salud.

Objetivo:

— Detectar, analizar y controlar la obtención de medicamentos susceptibles de desvío a usos no terapéuticos, utilizando como soporte, de manera fraudulenta, la receta oficial del SNS.

1.4.7. Programa de tramitación de Denuncias y Reclamaciones.

Objetivos:

— Comprobar las posibles irregularidades denunciadas por los usuarios en relación con la atención farmacéutica prestada en las oficinas de farmacia.

— Comprobar las posibles irregularidades denunciadas en relación con el acceso a la Prestación Farmacéutica tanto a nivel de médico prescriptor como de oficina de farmacia en que se realiza la dispensación.

1.4.8. Programa de control y seguimiento de la prescripción, dispensación y facturación de medicamentos a través de receta médica oficial del SNS.

Objetivos:

— Con base en los índices de prescripción, su ajuste a protocolos de tratamiento por patologías y a criterios de eficiencia, analizar y controlar la prescripción de los médicos autorizados a prescribir en receta oficial.

— Detección de incidencias, análisis y esclarecimiento de las circunstancias que motivan la dispensación y facturación a través de recetas oficiales con prescripciones contrarias al uso racional de los medicamentos y a la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud.

1.4.9. Programa de seguimiento del acceso al sistema de receta electrónica desde las oficinas de farmacia.

Objetivos:

— Detectar y analizar las Oficinas de Farmacia que acceden al sistema de receta electrónica sin utilizar la preceptiva tarjeta sanitaria del usuario, realizando las correcciones necesarias a fin de que tal acceso no se produzca.

— Detectar, analizar y corregir las situaciones en que, sin concluir las dispensaciones a través de receta electrónica, se bloquea el acceso a la medicación desde las oficinas de Farmacia.

1.4.10. Programa de evaluación del circuito de indicación, prescripción, visado y dispensación de medicamentos antidiabéticos.

Objetivo:

— Verificar que la prescripción, visado y dispensación de medicamentos antidiabéticos de última generación se realiza de acuerdo con los criterios básicos de uso racional de los medicamentos y de acuerdo con las indicaciones terapéuticas para las que está autorizada su financiación.

1.4.11. Programa de control de la distribución y asignación de talonarios de recetas oficiales y evaluación de la correcta custodia de los sellos para la prescripción y talonarios de recetas.

Objetivos:

— Verificar que en los Centros de Atención Primaria y Especializada los talonarios de recetas oficiales cuentan con las debidas medidas de seguridad y que el control en el programa ASTARE es el adecuado.

— Verificar que los facultativos con autorización para prescribir en receta oficial realizan el correcto control tanto de los sellos médicos que se les entregan como de los talonarios que les son asignados.

1.4.12. Programa de control de estupefacientes en hospitales públicos.

Objetivo:

— Evaluar la correcta prescripción y dispensación de estupefacientes en los Hospitales Públicos de la Comunidad de Madrid, así como que las medidas de control y custodia que tienen establecidas se adecuan a la normativa vigente.

1.4.13. Programa de control de mercado de medicamentos de uso humano.

Objetivos:

— Supervisar la calidad de los medicamentos de uso humano desde su puesta en el mercado hasta la dispensación al usuario.

— Gestionar la toma de muestras de medicamentos de uso humano objeto de denuncia.

1.4.14. Programa de inspección y control de medicamentos falsificados e ilegales.

Objetivos:

— Supervisar la comercialización de medicamentos con el fin de evitar la entrada en el canal farmacéutico de medicamentos falsificados y medicamentos ilegales que podrían suponer un riesgo para la salud de la población.

— Colaborar con los cuerpos y fuerzas de seguridad en la lucha contra la comercialización de medicamentos ilegales y falsificados.

1.4.15. Programa de inspección de la producción de plasma rico en plaquetas (PRP).

Objetivos:

— Verificar el cumplimiento de las condiciones mínimas de calidad en la producción de PRP.

— Comprobar que la prescripción, elaboración y utilización de PRP cumple la normativa vigente, incluida la prohibición de su publicidad.

1.4.16. Programa de inspección y control de la distribución e intermediación de medicamentos de uso humano y de los principios activos para su fabricación.

Objetivos:

— Verificar que el almacenamiento, conservación, transporte y entrega al destinatario de los medicamentos de uso humano se realiza conforme a las directrices sobre buenas prácticas de distribución y de acuerdo con la normativa vigente.

— Verificar el cumplimiento de la normativa relativa a la distribución e importación de principios activos para la fabricación de medicamentos de uso humano.

1.4.17. Programa de inspección de cumplimiento de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) en estudios no clínicos:

Objetivo:

— Verificar el cumplimiento de normas BPL en los laboratorios que realizan estudios no clínicos y comprobar que estos estudios se realizan conforme a dicha normativa.

1.4.18. Programa de control de la distribución, dispensación y utilización de medicamentos veterinarios:

Objetivos:

— Verificar que las condiciones de almacenamiento, distribución, dispensación y publicidad de medicamentos veterinarios, incluida su venta a través de internet o por correspondencia, se adecuan a la normativa vigente en materia de medicamentos veterinarios.

— Supervisar que los botiquines de medicamentos en centros veterinarios se adecúan a los requisitos previstos en la legislación vigente.

— Verificar el cumplimiento de los requisitos legales exigidos para la autorización del uso de gases medicinales en el ejercicio profesional veterinario.

— Verificar el cumplimiento de las buenas prácticas de distribución de medicamentos veterinarios.

1.4.19. Programa de inspección y control de la publicidad de medicamentos, productos sanitarios y productos con pretendida finalidad sanitaria.

Objetivos:

— Vigilar que la promoción y publicidad de medicamentos y productos sanitarios, en todas sus modalidades, cumpla con las exigencias legales establecidas.

— Verificar que la información y promoción de medicamentos dirigida a los profesionales sanitarios facultados para prescribirlos o dispensarlos está de acuerdo con la información técnica y científica autorizada y es rigurosa, bien fundada y objetiva, no induce a error, se ajusta a la ficha técnica e incluye el contenido mínimo obligatorio.

— Comprobar que no se realice publicidad de medicamentos de prescripción dirigida al público.

— Vigilar la publicidad de productos con pretendida finalidad sanitaria para evitar todo aquello que pueda constituir un perjuicio para la salud.

— Planificar la visita médica de forma que no obstaculice la atención a pacientes ni actividades formativas o de investigación de los profesionales sanitarios.

— Comprobar que los soportes válidos de publicidad de medicamentos se dirigen exclusivamente a profesionales sanitarios facultados para prescribirlos o dispensarlos y tienen carácter científico o profesional no constituyendo publicidad en sí mismos.

— Verificar que las ofertas de premios, becas, contribuciones y subvenciones a reuniones, congresos, viajes de estudio y actos similares por laboratorios farmacéuticos se aplican exclusivamente a actividades de índole científica cuando sus destinatarios sean profesionales sanitarios o las entidades en que se asocian y que la hospitalidad ofrecida cumpla los requisitos legales.

— Evaluar, mediante la participación activa en la Comisión Técnica de Coordinación de la Información, los mensajes sanitarios dirigidos al público garantizando el cumplimiento de la normativa vigente en materia de publicidad de medicamentos.

— Evaluar los mensajes publicitarios de productos sanitarios dirigidos al público previamente a otorgar la correspondiente autorización sanitaria, comprobando que sea objetiva, veraz y cumpla con las exigencias legales establecidas.

1.4.20. Programa de inspección de cumplimiento de Buenas Prácticas Clínicas (BPC) en el marco de la investigación con medicamentos:

Objetivos:

— Verificar el cumplimiento de la legislación vigente y las normas de BPC en el desarrollo de la investigación con medicamentos para garantizar la protección de los derechos, la seguridad y el bienestar de los participantes.

— Verificar el cumplimiento de los requisitos técnico-sanitarios exigibles para la Certificación de unidades de fase I de investigación clínica.

— Verificar el cumplimiento de requisitos para la acreditación de Comités de ética de la investigación con medicamentos conforme a lo establecido en su normativa específica.

1.4.21. Programa de control y seguimiento de alertas farmacéuticas:

Objetivos:

— Seguimiento de las medidas adoptadas en las alertas farmacéuticas generadas por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios en relación con la calidad, seguridad o comercialización ilegal de medicamentos, productos sanitarios o cosméticos.

— Verificar que las empresas, cuyos productos están afectados por alertas farmacéuticas, disponen del procedimiento adecuado para dar cumplimiento a las medidas adoptadas ante el conocimiento de defectos o riesgos potenciales para la salud de la población.

1.4.22. Programa de inspección y control de productos sanitarios y productos cosméticos:

Objetivos:

— Supervisar la calidad de los productos sanitarios y cosméticos para verificar el mantenimiento de las características desde su fabricación o importación.

— Verificar, con carácter previo a la obtención de la autorización sanitaria, que los fabricantes de productos sanitarios a medida reúnen los requisitos establecidos para el inicio o renovación de la actividad solicitada.

— Comprobar la existencia y vigencia de las autorizaciones sanitarias de fabricantes a medida.

— Supervisar el almacenamiento, conservación, trazabilidad y vigilancia de los productos sanitarios distribuidos de acuerdo con las exigencias contempladas en su normativa específica.

— Supervisar que los establecimientos sanitarios de ortopedia y audioprótesis comunicados se adecúan a los requisitos previstos en la legislación vigente.

— Comprobar que la venta por internet de productos sanitarios cumple la normativa vigente.

— Detectar incidentes potenciales con productos sanitarios mediante la notificación por profesionales sanitarios para su control o evaluación por el Sistema de Vigilancia de Productos Sanitarios.

— Detectar a través de comunicaciones de consumidores, usuarios y profesionales de la salud, efectos no deseados o ingredientes no permitidos o sujetos a restricción relacionados con el uso de productos cosméticos o de cuidado personal.

1.4.23. Programa de inspección y control de denuncias y reclamaciones en materia de productos sanitarios y cosméticos:

Objetivo:

— Verificar los hechos denunciados sobre posibles incumplimientos de los requisitos relacionados con la fabricación, distribución y comercialización de productos sanitarios y cosméticos.

1.4.24. Programa de evaluación de las Unidades de radiofarmacia.

Objetivos:

— Evaluar el funcionamiento y la calidad de la actividad de las Unidades de radiofarmacia en la Comunidad de Madrid y su adecuación a la normativa vigente.

— Supervisar la adecuada gestión de los radiofármacos, en lo relativo a su adquisición, conservación, preparación y control.

1.4.25. Programa básico de inspección de los establecimientos y secciones de óptica

Objetivo:

— Comprobar que los establecimientos y secciones de óptica reúnen los requisitos previstos en la legislación vigente, previamente a la autorización.

1.4.26. Programa específico de comprobación de la correcta notificación y el mantenimiento de las condiciones de los desfibriladores inscritos en el Registro madrileño de desfibriladores externos.

2. Plan de Inspección de la Dirección General de Salud Pública

2.1. Plan parcial de Inspección en Sanidad Ambiental.

Objetivo general: Identificar los riesgos ambientales en salud y desarrollar sistemas de vigilancia, inspección y control de los factores ambientales en la Comunidad de Madrid para preservar la salud de los ciudadanos.

2.1.1. Programa de inspección y control de aguas de consumo humano y uso recreativo.

Objetivos:

— Identificar y reducir los riesgos ambientales para la salud asociados al agua de consumo humano mediante inspección, control de Planes Sanitarios del Agua y otros sistemas de vigilancia sanitaria, para preservar la salud de los ciudadanos y prevenir las enfermedades transmisibles por vía hídrica, así como las patologías asociadas a contaminantes químicos persistentes o accidentales en aguas de consumo.

— Identificar y reducir los riesgos ambientales para la salud asociados a piscinas, zonas de baño y actividades recreativas mediante inspección, control de programas de autocontrol y otros sistemas de vigilancia sanitaria, para preservar la salud de los ciudadanos.

— Gestión de alertas, demandas y reclamaciones referentes a las aguas de consumo humano y aguas recreativas.

2.1.2. Programa de prevención y control de la legionelosis.

Objetivos:

— Verificar el cumplimiento de las medidas establecidas en la normativa específica, mediante la inspección y la auditoría en las instalaciones de riesgo para minimizar la presencia de legionela y prevenir la aparición de casos y brotes.

— Gestionar desde el campo de la sanidad ambiental, los brotes, casos esporádicos, demandas y reclamaciones relativos a legionela.

2.1.3. Programa de inspección y control de seguridad química.

Objetivos:

— Minimizar los riesgos para la salud derivados de la comercialización y uso de los productos químicos detergentes, a través de la inspección y control, verificando el cumplimiento de la normativa europea y nacional.

— Verificar que los documentos de información y comunicación del peligro de los productos químicos (etiquetas, fichas de datos de seguridad y publicidad), cumplen con la normativa de aplicación, a fin de prevenir y/o limitar los posibles daños para la salud de los usuarios.

— Actuar frente a alertas y denuncias referentes a productos químicos, por incumplimientos normativos y/o que pudieran ocasionar problemas para la salud de las personas.

2.1.4. Programa de inspección y control de biocidas.

Objetivos:

— Minimizar los riesgos para la salud derivados de la comercialización y uso de biocidas a través de la inspección y control, verificando el cumplimiento de la normativa de referencia.

— Verificar que los documentos de información y comunicación del peligro de los productos biocidas (etiquetas, fichas de datos de seguridad y publicidad), cumplen con la normativa de aplicación, a fin de prevenir y limitar los posibles daños para la salud de los usuarios.

— Verificar, mediante auditoría documental, que la actuación profesional de las empresas de servicios biocidas se ajusta a la normativa y a las normas de calidad aplicables.

— Actuar frente a alertas y denuncias referentes a productos biocidas, por incumplimientos normativos o que pudieran ocasionar problemas para la salud de las personas.

2.1.5. Programa de inspección y control de industrias de materiales en contacto con alimentos.

Objetivos:

— Asegurar el cumplimiento de la normativa de aplicación en materiales y objetos en contacto con los alimentos, mediante la inspección y el control documental.

— Actuar frente a alertas y denuncias por incumplimientos normativos o que pudieran ocasionar problemas para la salud de las personas.

— Minimizar los riesgos derivados de una incorrecta comercialización de materiales en contacto con alimentos

2.1.6. Programa de Registros oficiales de empresas de sanidad ambiental.

Objetivos:

— Dar cumplimiento al marco normativo que regula los Registros de: Establecimientos y Servicios Biocidas, Establecimientos de Adorno Corporal (tatuajes, micropigmentación y perforación cutánea (piercings)) y Centros de bronceado mediante radiaciones UVA, así como de los Centros de formación de Aplicadores de biocidas, Adorno corporal y Rayos UVA.

— Verificar la actualización de la información de los Establecimientos y Servicios inscritos en los Registros oficiales de Sanidad Ambiental.

— Contribuir a minimizar los riesgos sanitarios de las actividades inscritas en los Registros de empresas y Establecimientos, mediante auditoría documental e inspección.

2.1.7. Programa evaluación de impacto ambiental en salud.

Objetivo:

— Integrar la salud en la Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos industriales, programas y planes estratégicos, con carácter previo incluidos en el marco de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, y del Real Decreto Legislativo 1/2016, texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrado de la Contaminación.

2.1.8. Programa de Calidad del Ambiente Interior.

Objetivos:

— Prevenir los riesgos para la salud de la población derivados de los contaminantes químicos, físicos y biológicos en el ambiente interior, atendiendo las demandas de información de la población, fundamentalmente de contaminantes químicos como radón y amianto.

2.1.9. Programa de control de actividades y empresas funerarias

Objetivos:

— Dar cumplimiento al marco normativo en materia de sanidad mortuoria.

— Comprobar el cumplimiento de los requisitos funcionales y las condiciones higiénico-sanitarias y estructurales de los establecimientos, instalaciones y empresas funerarias, en coordinación con las diferentes Administraciones con competencias en la materia.

— Comprobar el cumplimiento de las condiciones higiénico-sanitarias, funcionales y estructurales fijadas normativamente para la realización de prácticas tanatológicas.

2.1.10. Programa de vigilancia de la calidad del aire.

Objetivos:

— Vigilar la concentración de polen atmosférico y esporas fúngicas, difundiendo la información a la población general y de riesgo, así como a los profesionales sanitarios con el fin de minimizar la exposición y facilitar el abordaje de los problemas de salud derivados de las alergias al polen.

— Vigilar la exposición a la contaminación atmosférica (Ozono troposférico O3, Dióxido de nitrógeno NO2 y otros contaminantes) con la finalidad de mantener informada a la población y al sistema sanitario y socio sanitario y facilitar el seguimiento de patologías asociadas.

2.1.11. Programa de vigilancia de otros factores de riesgo ambiental.

Objetivos:

— Vigilar los extremos térmicos, dentro del Plan de Vigilancia y Control de los Efectos de las Olas de Calor y del Plan de Vigilancia y Control de los Efectos del Frío en la Salud, al objeto de minimizar los efectos nocivos de las temperaturas extremas en la salud.

— Vigilar los campos electromagnéticos procedentes de estaciones base de telefonía móvil e infraestructuras eléctricas con el fin de atender las demandas de información de los ciudadanos relacionadas con su preocupación ante posibles riesgos para la salud.

2.1.12. Programa de prevención y vigilancia de zoonosis en fauna silvestre y animales domésticos.

Objetivo:

— Prevenir los riesgos para la salud de la población derivados de las zoonosis y otros agentes biológicos mediante la vigilancia y la toma de muestras en animales domésticos y fauna silvestre (hidatidosis/echinococosis, rabia, parásitos gastrointestinales, tularemia, psitacosis, etc.), y proponer estrategias de control para estas enfermedades.

— Verificar el cumplimiento de la normativa mediante la inspección a instalaciones con actividad de Granja Escuela.

— Informar a ciudadanos y profesionales y potenciar actividades de educación sanitaria.

2.1.13. Programa de vigilancia y control de vectores y otros agentes biológicos con interés en Salud Pública.

Objetivos:

— Prevenir enfermedades infecciosas causadas por virus, bacterias, protozoos y parásitos, que supongan un riesgo para la salud de la población, transmitidas a través de vectores como mosquitos, garrapatas, pulgas, etc. mediante el establecimiento de una red de vigilancia de vectores con interés en salud pública que incluya mosquito tigre (Aedes albopictus), simúlidos (mosca negra), garrapatas y flebótomos.

— Minimizar los riesgos para la salud de la población derivados de la leishmaniasis mediante la vigilancia ambiental de reservorios y vector, con el apoyo de la vigilancia epidemiológica en el hombre. Proponer medidas de saneamiento ambiental y acciones de control sobre los animales domésticos y la fauna silvestre.

— Coordinar las actuaciones en materia de control vectorial y colaborar con la administración competente y con las asociaciones de sanidad ambiental, en la promoción de estrategias de lucha antivectorial y programas de control de plagas a nivel local.

— Informar a ciudadanos y profesionales y potenciar actividades de educación sanitaria.

2.1.14. Programa de sistema de información geográfica (SIGIS).

Objetivos:

— Elaborar, mantener y mejorar las herramientas geoespaciales que apoyan las tareas de la Subdirección General de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental.

— Capacitar a técnicos de cualquier nivel en el uso de datos y tecnología geoespacial.

— Identificar y dar respuesta a las necesidades y demandas de la Dirección General de Salud Pública en materia geoespacial y de mapas, promoviendo mejoras y desarrollos futuros.

2.2. Plan parcial de Calidad y Seguridad Alimentaria.

Objetivo general: Prevenir el fraude alimentario, la publicidad engañosa y garantizar la calidad de los productos alimenticios y además de prevenir la exposición de las personas a los agentes capaces de causar enfermedades vía alimentaria.

2.2.1. Programa de control de la calidad y el fraude alimentario.

Objetivos:

— Prevenir el fraude y proteger al consumidor mediante la vigilancia y control de establecimientos alimentarios desde la elaboración hasta su comercialización y venta.

— Garantizar que los alimentos puestos a disposición del consumidor sean acordes la calidad y características incluidas en la información que sobre ellos se realiza (identidad, autenticidad, peso, composición, origen, sistemas de producción y elaboración, trazabilidad, etcétera).

2.2.2. Programa de control de la publicidad engañosa de los productos alimenticios.

Objetivos:

— Vigilar y controlar las indicaciones obligatorias y/o voluntarias de los alimentos para asegurar el derecho de los consumidores a recibir una información veraz mediante la evaluación de su etiquetado y la información incluida en las páginas web, folletos, carteles y en otros medios de difusión escritos.

2.2.3. Programa de control oficial de productos de origen animal.

Objetivos:

— Reducir los riesgos presentes en los alimentos que afectan a la salud de las personas, mediante la inspección de los establecimientos alimentarios que manipulan y comercializan productos de origen animal, verificando así el cumplimiento de la normativa aplicable en seguridad alimentaria.

— Reducir los riesgos presentes en los alimentos que afectan a la salud de las personas, mediante la auditoría de los sistemas de gestión de la seguridad alimentaria basados en los principios del APPCC que aplican los operadores alimentarios.

— Verificar el cumplimiento de la normativa de seguridad alimentaria en el caso de las denuncias relativas a los establecimientos alimentarios que manipulan y comercializan productos de origen animal.

2.2.4. Programa de control oficial de productos de origen no animal.

Objetivos:

— Reducir los riesgos presentes en los alimentos que afectan a la salud de las personas, mediante la inspección de los establecimientos alimentarios que manipulan y comercializan productos de origen no animal, verificando así el cumplimiento de la normativa aplicable en seguridad alimentaria.

— Reducir los riesgos presentes en los alimentos que afectan a la salud de las personas, mediante la auditoria de los sistemas de gestión de la seguridad alimentaria basados en los principios del APPCC que aplican los operadores alimentarios.

— Verificar el cumplimiento de la normativa de seguridad alimentaria en el caso de las denuncias relativas a los establecimientos alimentarios que manipulan y comercializan productos de origen no animal.

2.2.5. Programa control oficial de actividades alimentarias en centros de finalidad social.

Objetivos:

— Verificar la inocuidad de los alimentos proporcionados en los servicios de restauración de los centros hospitalarios, mediante la realización de inspecciones y auditorías centrados en los riesgos potenciales de estos colectivos.

— Verificar la inocuidad de los alimentos proporcionados en los centros sociosanitarios, mediante la realización de inspecciones y auditorías centrados en los riesgos potenciales de estos colectivos.

— Verificar la inocuidad de los alimentos proporcionados en los centros infantiles educativos, mediante la realización de inspecciones y auditorías centrados en los riesgos potenciales de estos colectivos.

2.2.6. Programa de control oficial de mataderos, salas de manipulación de caza y carne de reses de lidia.

Objetivos:

— Verificar la obtención higiénica de la carne mediante la inspección ante mortem e inspección post mortem de los animales destinados a consumo humano.

— Verificar que los mataderos cuentan con procedimientos acordes a la legislación aplicable.

— Verificar el cumplimiento de los requisitos en materia del bienestar animal en la estabulación y en el sacrificio en mataderos.

2.2.7. Programa de control de la información y la composición alimentaria.

Objetivos:

— Controlar que los productos alimenticios destinados a ser puestos a disposición del consumidor contengan la información de seguridad alimentaria establecida en las disposiciones legales mediante la evaluación de su etiquetado y la información incluida en las páginas web, folletos, carteles en las distintas fases de la cadena alimentaria.

— Adoptar medidas para evitar la aparición de riesgos derivados de una incorrecta información de alimentos entregados al consumidor final, como las condiciones de preparación, conservación y consumo, presencia de alérgenos y gluten, fechas de caducidad.

2.2.8. Programa de gestión de alertas alimentarias en la Comunidad de Madrid

Objetivos:

— Prevenir y/o limitar los posibles daños para la salud de las personas derivados de situaciones en las que exista un riesgo alimentario potencial o declarado y que sean notificadas a nivel nacional dentro del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información (SCIRI).

— Realizar actuaciones en establecimientos alimentarios con motivo de la notificación de alertas alimentarias.

— Intervención en los establecimientos alimentarios con motivo de los brotes de toxiinfección alimentaria.

2.2.9. Programa de vigilancia y control de contaminantes y residuos en alimentos.

Objetivos:

— Verificar el cumplimiento de los criterios microbiológicos y otras normas sanitarias en alimentos.

— Vigilar los agentes zoonóticos y otros agentes causantes de brotes en alimentos.

— Vigilar las resistencias antimicrobianas de agentes zoonóticos alimentarios.

— Verificar mediante análisis la composición de alimentos y las migraciones de materiales en contacto.

— Controlar los residuos de contaminantes químicos en productos alimenticios.

— Controlar los residuos de plaguicidas en alimentos.

— Controlar los medicamentos veterinarios y otras sustancias en alimentos de origen animal (PNIR).

2.2.10. Programa de control de requisitos de salud pública para la exportación de alimentos.

Objetivos:

— Verificar el cumplimiento de los requisitos de salud pública exigidos por las autoridades sanitarias de países terceros a los alimentos exportados desde empresas de la Comunidad de Madrid.

— Gestionar las solicitudes de autorización de establecimientos para exportación de productos alimentarios a países terceros.

— Emitir certificados sanitarios de exportación y certificados de libre venta que acompañan a los alimentos.

— Gestionar las solicitudes relacionadas con la información recibida a través de TRACES (reetiquetados, rechazos, reimportaciones...).

2.2.11. Programa de evaluación de los sistemas de gestión de la seguridad alimentaria.

Objetivos:

— Evaluar los sistemas de gestión de la seguridad alimentaria propuestos por las asociaciones sectoriales y empresas de las que dependen colectivos de establecimientos alimentarios.

— Fomentar la implantación en las empresas de los sistemas de gestión de la seguridad alimentaria elaborados por asociaciones sectoriales de ámbito regional, nacional y europeo.

2.2.12. Programa de gestión de las autorizaciones y registros de empresas, establecimientos y alimentos.

Objetivos:

— Dar cumplimiento al marco normativo sobre el mantenimiento de los registros de empresas y establecimientos alimentarios.

— Dar cumplimiento al marco normativo sobre la comunicación de puesta en el mercado de alimentos (alimentos para grupos específicos de población y complementos alimenticios).

2.3. Plan de Inspección en materia de alcohol, productos de tabaco y productos relacionados.

Objetivo general: Desarrollar las acciones de control y verificación del cumplimiento de la legislación en lo referente a la promoción, publicidad, venta, suministro y consumo de bebidas alcohólicas y productos del tabaco y productos relacionados.

2.3.1. Programa de control del cumplimiento de la normativa vigente en materia de alcohol, de productos del tabaco y productos relacionados en establecimientos abiertos al público (comercio, restauración, espectáculos públicos, de ocio, etcétera).

Objetivos:

— Verificar que la venta, suministro y consumo de bebidas alcohólicas, de productos del tabaco y productos relacionados se limita exclusivamente a los establecimientos autorizados.

— Comprobar el cumplimiento de las restricciones establecidas en la normativa vigente respecto a la venta y suministro de bebidas alcohólicas, de productos del tabaco y productos relacionados a los menores de dieciocho años.

— Verificar la existencia de la preceptiva información sobre la prohibición de consumo de productos del tabaco y productos relacionados en los establecimientos de cualquier clase en los que se encuentre restringido su consumo.

— Verificar el cumplimiento de la normativa vigente en la instalación y funcionamiento de máquinas expendedoras de productos del tabaco.

— Verificar que la comercialización de DSLN y envases de recarga se adecue a la normativa vigente.

2.3.2. Programa de inspección y control de denuncias recibidas en relación con el incumplimiento de la normativa vigente en materia de alcohol y de productos del tabaco y productos relacionados.

Objetivos:

— Verificar los hechos denunciados en relación con la venta, suministro y consumo de bebidas alcohólicas y de productos del tabaco y productos relacionados en aquellos lugares donde la normativa vigente lo prohíba.

— Verificar el cumplimiento de la legislación en materia de promoción y publicidad de alcohol y de productos del tabaco y productos relacionados.

— Comprobar el cumplimiento de las medidas de autocontrol y autolimitación de las empresas anunciadoras de bebidas alcohólicas y de productos del tabaco y productos relacionados.

2.3.3. Programa de control del cumplimiento de la normativa vigente en materia de alcohol y de productos del tabaco y productos relacionados en el ámbito de las Administraciones Públicas sitas en la Comunidad de Madrid.

Objetivos:

— Verificar el cumplimiento de la prohibición de consumo de productos del tabaco y productos relacionados en las Administraciones públicas.

— Comprobar el grado de cumplimiento de las exigencias legales en cuanto a la información sobre la prohibición de consumo y venta de bebidas alcohólicas y de productos del tabaco y productos relacionados.

2.3.4. Programa de control del cumplimiento de la normativa vigente en materia de alcohol y de productos del tabaco y productos relacionados en los centros y servicios sanitarios.

Objetivos:

— Verificar el cumplimiento de la prohibición de consumo de productos del tabaco y productos relacionados en los centros sanitarios.

— Comprobar el grado de cumplimiento de las exigencias legales en cuanto a la información sobre la prohibición de consumo y venta de bebidas alcohólicas y de productos del tabaco y productos relacionados.

2.3.5. Programa de control del cumplimiento de la normativa vigente en materia de alcohol y de productos del tabaco y productos relacionados en centros docentes, universitarios, formativos e instalaciones deportivas.

Objetivos:

— Verificar la aplicación de la legislación vigente en materia de promoción, publicidad, consumo, venta y suministro de bebidas alcohólicas y de productos del tabaco y productos relacionados en los citados centros.

— Comprobar el grado de cumplimiento de las exigencias legales en cuanto a la información sobre la prohibición de consumo y venta de bebidas alcohólicas y de productos del tabaco y productos relacionados.

2.3.6. Programa de control del cumplimiento de la normativa vigente en materia de alcohol y de productos del tabaco y productos relacionados en las estaciones de transporte público:

Objetivos:

— Verificar el cumplimiento de la prohibición de consumo de productos del tabaco y productos relacionados en las estaciones de transporte público.

— Comprobar el grado de cumplimiento de las exigencias legales en cuanto a la información sobre la prohibición de consumo y venta de bebidas alcohólicas y de productos del tabaco y productos relacionados.

2.3.7. Programa de control del cumplimiento de la normativa vigente en materia de las limitaciones a la publicidad en vía pública de bebidas alcohólicas y de productos del tabaco y productos relacionados.

Objetivo:

— Verificar el cumplimiento de la prohibición de la publicidad en vía pública de bebidas alcohólicas y de productos del tabaco y productos relacionados, así como su promoción.

Segundo

La presente actualización del Plan de Inspección para 2024 se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y entrará en vigor al día siguiente al de dicha publicación.

Madrid, a 21 de febrero de 2024.—La Directora General de Inspección y Ordenación Sanitaria, Pilar Jimeno Alcalde.

(03/3.176/24)

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