ADENDA de 14 de febrero de 2024 al convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Blas Méndez Ponce Ayuda al Niño Oncológico y/o enfermedades de difícil curación, para la implantación del programa de ocio y tiempo libre intra y extrahospitalarios.

REUNIDOS

De una parte, D.a Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante el Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en ejercicio de sus competencias y en representación de la Consejería de Sanidad conforme a lo dispuesto en los artículos 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid y en el 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, en virtud de lo dispuesto en el artículo 3.g) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, de acuerdo con los artículos 3.2 b) del Decreto 48/2019, de 10 de junio y 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen Jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud.

Y, de otra parte, D.a Milagros Ponce Martín, en nombre y representación de Fundación Blas Méndez Ponce Ayuda al Niño Oncológico, con domicilio social en Madrid (28041), calle Padúl, número 14, Local 2 y NIF G-81882573, en calidad de Presidenta, en virtud de poder suficiente para el presente acto según consta en escritura notarial de 26 de noviembre de 1997, de constitución de la entidad, suscrita ante D. Ramón Corral Beneyto, notario del Ilustre Colegio de Madrid, y según el artículo 21 de sus estatutos.

Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda y, de conformidad,

MANIFIESTAN

Primero

En fecha 28 de septiembre de 2017, se suscribió un convenio entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Blas Méndez Ponce Ayuda al Niño Oncológico y/o enfermedades de difícil curación, para la implantación del programa de ocio y tiempo libre intra y extrahospitalario.

Segundo

En fecha 23 de septiembre de 2021, se suscribió adenda de modificación y prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Blas Méndez Ponce, Ayuda al Niño Oncológico y/o enfermedades de difícil curación, para la implantación del programa de ocio y tiempo libre intra y extrahospitalarios.

Tercero

El convenio prevé expresamente en su cláusula primera la posibilidad de extender su aplicación a otros hospitales, lo que no supone modificación del objeto del convenio.

Cuarto

La actividad desarrollada en ejecución del convenio ha resultado satisfactoria para las partes, por lo que se considera conveniente para la finalidad de humanización de la asistencia sanitaria y conforme con el objeto del convenio extender su implantación al Hospital Universitario Puerta de Hierro Majadahonda.

Por lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de suscribir esta adenda de acuerdo con la siguiente

CLÁUSULA

Única

Centros sanitarios a los que se extiende el desarrollo del convenio

La aplicación del convenio suscrito el 28 de septiembre de 2017, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Blas Méndez Ponce Ayuda al Niño Oncológico y/o enfermedades de difícil curación, para la implantación del programa de ocio y tiempo libre intra y extrahospitalario, se extiende al Hospital Universitario "Puerta de Hierro Majadahonda".

Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente adenda, quedando sujeta a todas las estipulaciones del convenio.

Madrid, a 14 de febrero de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Sanidad, Fátima Matute Teresa.—Por el Servicio Madrileño de Salud, la Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, Laura Gutiérrez Barreno.—Por la Fundación Blas Méndez Ponce Ayuda al Niño Oncológico, la Presidenta, Milagros Ponce Martín.

(03/2.823/24)

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