En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 37, de 13 de febrero de 2024, fueron publicadas las bases y convocatoria, mediante concurso-oposición, forma de acceso libre, para la cobertura en propiedad de tres plazas de la categoría de policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Villalbilla, aprobadas mediante resolución de Alcaldía número 2024-131, de fecha 6 de febrero de 2024.
Observado error material en la redacción de dichas bases, se ha dictado resolución de Alcaldía número 2024-165, de fecha 19 de febrero de 2024, mediante la que se rectifican los errores materiales existentes en las bases reguladoras del proceso selectivo, quedando como queda expresado a continuación:
Incorporación de un segundo párrafo en la base 1.1, "Objeto", la cual pasa a tener la siguiente redacción:
1. Normas generales
1. Objeto.—Las presentes bases regulan las especificidades de los procesos selectivos para proveer, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre, tres plazas de Policía Local, escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, grupo C, subgrupo C1, clase Policía Local, del Ayuntamiento de Villalbilla.
El número de plazas convocadas se verá ampliado para el caso de que se produzcan nuevas vacantes antes de que finalice el proceso selectivo, previa aprobación de dicha ampliación por la Alcaldía, u órgano en quien delegue, en cumplimiento de lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y demás normativa aplicable.
El texto íntegro de las bases que rigen la presente convocatoria se encuentra publicado en la sede electrónica, dirección: https://aytovillalbilla.sedelectronica.es/transparency/92b90ce3-0064-475... así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante alcalde-presidente de este Ayuntamiento, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Villalbilla, a 19 de febrero de 2024.—El secretario general, Alfredo Carrero Santamaría.
(02/2.760/24)