El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el dÃa 26 de febrero de 2024, acordó la aprobación del calendario fiscal 2024 del municipio, que estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento (http://ayto-peralestajuna.sedelectronica.es), en cumplimiento de lo dispuesto en los artÃculos 24 y 25 del Reglamento General de Recaudación aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.
«Calendario fiscal del ejercicio 2024
Del 26 de febrero de 2024 al 26 de abril de 2024:
— Impuesto sobre vehÃculos de tracción mecánica.
— Tasa de recogida de basuras domiciliaria o residuos sólidos urbanos.
— Tasa por entrada de vehÃculos a través de las aceras y por reservas de vÃa pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehÃculos, y carga y descarga de mercancÃas de cualquier clase.
Del 27 de mayo de 2024 al 26 de julio de 2024:
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana (primer 50%).
— Tasa ocupación de vÃa pública con mesas y sillas.
Del 23 de septiembre de 2024 al 22 de noviembre de 2024:
— Impuesto sobre actividades económicas.
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana (segundo 50%).
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica.
Las domiciliaciones de los distintos tributos se cargarán en las cuentas de los contribuyentes durante la última quincena del perÃodo voluntario.
Una vez iniciado el perÃodo voluntario, no se admitirá ninguna domiciliación para el ejercicio en curso. Todas las domiciliaciones recibidas una vez iniciado el perÃodo voluntario, tendrán efecto para el ejercicio siguiente».
Perales de Tajuña, a 27 de febrero de 2024.—El secretario-interventor accidental, David GarcÃa GarcÃa.
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