Torrejón de Ardoz. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la resolución de 19 de febrero de 2024, aprobada por acuerdo de Junta de Gobierno Local (punto 2), por la que se convocan las Subvenciones a Asociaciones de Mujeres de la Concejalía de Igualdad, correspondiente al año 2024 (código: 2024/2024/3/640808/000).

BDNS 744895

Primero. Beneficiarios.—Tendrá la consideración de beneficiario de subvenciones la Entidad que haya de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión.

Las entidades solicitantes deben estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades, del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, con al menos un año de antigüedad con carácter general, desde la fecha de aprobación de las bases de convocatoria por la Junta de Gobierno Local, así como, estar dadas de alta en la Sede Electrónica Municipal.

Podrán optar a esta subvención con cargo a la presente línea, todas las asociaciones de Mujeres del municipio, que se hallen legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones, en el área de Igualdad y cumplan con los requisitos que a continuación se enumeran:

— Tener entre sus fines el desarrollo de programas o proyectos destinados a promover la igualdad efectiva entre mujeres y hombre, la prevención de la violencia de género, a través de realización de actividades sociales y comunitarias y campañas de sensibilización o preventivas, así como el fomento del asociacionismo entre mujeres del municipio y mantenimiento de la asociación.

— Tener justificada la subvención concedida en el ejercicio anterior, o en caso de no haber ejecutado parcial o totalmente el proyecto por causa debidamente justificada, haber reintegrado el importe que corresponda.

— Colaborar activamente con el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz en las actividades organizadas por el mismo que tengan relación con el objeto propio de la asociación.

— No será requisito exigible haber solicitado la subvención en el ejercicio inmediatamente anterior para la otorgación de la subvención en la presente convocatoria, o futuras.

Segundo. Finalidad.—Son susceptibles de subvención los proyectos relacionados con el objeto y la finalidad de la propia asociación, conducta o situación de colaboración con el ayuntamiento para la gestión de actividades de interés social, de promoción de la igualdad y prevención de violencia de género.

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de las bases generales para la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz se pueden consultar en la web del Ayuntamiento Ordenanza y bases reguladoras concesión subvenciones.pdf ( ayto-torrejon.es ) y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID:

http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/12/27/BOCM-20161227-48.PDF

Cuarto. Cuantía.—El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz con cargo a la aplicación presupuestaria 050-23102-48000 denominada "Subvenciones y Ayudas Concejalía de Igualdad" del presupuesto para el año 2024 destinará un máximo de treinta mil cuatrocientos euros (30.400 euros).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes y documentación se realizará desde el 8 al 31 de marzo de 2024 (ambos inclusive).

Sexto. Otros datos.—El proceso de concesión será en régimen de concurrencia competitiva.

El plazo de ejecución de los programas presentados para la subvención será hasta desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024.

El plazo para la justificación de la subvención será hasta el 31 de enero de 2025.

Torrejón de Ardoz, a 19 de febrero de 2024.—El alcalde, Alejandro Navarro Prieto.

(03/2.885/24)

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