Visto que el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, remitió por escrito de 22 de enero de 2024, la documentación relativa a la convocatoria por el sistema de Libre Designación del puesto de Intervención de dicho Ayuntamiento, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Visto que el expediente consta de Certificado de Secretaria del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, del Decreto de Alcaldía de 18 de enero de 2024, de aprobación de la convocatoria para la provisión de por Libre Designación, del puesto de Intervención, del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Intervención-Tesorería, Categoría Superior; del Certificado de Secretaria del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, del Decreto del Concejal Delegado de Obras, Limpieza Urbana y Administración y Contratación, de 17 de enero de 2024, por el que se aprueban las bases que han de regir la convocatoria por Libre Designación del puesto de Intervención, del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional; y de las Bases que han de regir la convocatoria por Libre Designación del puesto de Intervención, del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, aprobadas por Decreto del Concejal-Delegado de Obras, Limpieza Urbana y Administración y Contratación, de 17 de enero de 2024.
De conformidad con lo previsto en el artículo 46.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
En uso de la competencia conferida a la Dirección General de Reequilibrio Territorial en el artículo 13.4.k) del Decreto 229/2023 de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.
RESUELVO
Publicar las bases y convocatoria, para la provisión, mediante el sistema de Libre Designación, del puesto de trabajo de Intervención, del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, aprobadas por Decreto del Concejal-Delegado de Obras, Limpieza Urbana y Administración y Contratación, de 17 de enero de 2024 y Decreto de Alcaldía de 18 de enero de 2024, respectivamente, que se insertan como anexos a continuación.
Madrid, a 5 de febrero de 2024.—El Director General de Reequilibrio Territorial, Javier Carazo Gil.
ANEXO I
DECRETO DE ALCALDÍA-PRESIDENCIA DEL AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ, DE 18 DE ENERO DE 2024, POR EL QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE LIBRE DESIGNACIÓN, DEL PUESTO DE INTERVENCIÓN, RESERVADO A FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL
"[...]
Primero
Aprobar la convocatoria, mediante el procedimiento de Libre Designación, del puesto de Intervención reservado a funcionario/a de Administración local con habilitación de carácter nacional, subescala de intervención-tesorería, categoría superior, del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, conforme a lo dispuesto en los artículos 45 y ss. del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, conforme a las bases específicas aprobadas.
Segundo
Comunicar el acuerdo a la Dirección General de Administración Local de la Comunidad de Madrid, para su aprobación y publicación en el boletín oficial correspondiente".
DECRETO DEL CONCEJAL DELEGADO DE OBRAS, LIMPIEZA URBANA, ADMINISTRACIÓN Y CONTRATACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ, DE 17 DE ENERO DE 2024, POR EL QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE LIBRE DESIGNACIÓN, DEL PUESTO DE INTERVENCIÓN, RESERVADO A FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL
"[...]
Primero
Aprobar las bases específicas que han de regir la convocatoria, por el procedimiento de Libre Designación, del puesto de Intervención reservado a funcionario/a de Administración local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, Categoría Superior, del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.
Segundo
Conforme a lo establecido en el artículo 46.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, la convocatoria corresponderá al Alcalde, quien la remitirá al órgano competente de la Comunidad de Madrid, para su publicación en el Diario oficial correspondiente".
ANEXO II
BASES PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE LIBRE DESIGNACIÓN, DEL PUESTO DE INTERVENCIÓN, DEL AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ, RESERVADO A FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL
Primera
Forma de provisión
La convocatoria para la provisión del puesto de Intervención del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz se regirá por el sistema de Libre Designación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 a 47 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Segunda
Objeto de la convocatoria
Es objeto de las presentes bases, regular la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de Libre Designación, del puesto de Intervención reservado a funcionario/a de Administración local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, Categoría Superior, cuyas características, según la relación de puestos de trabajo son las siguientes:
— Código: 044.
— Denominación: Interventor/a.
— Escala: Habilitación de carácter nacional.
— Subescala: Intervención-Tesorería.
— Clase: Primera.
— Categoría: Superior.
— Grupo: A.
— Subgrupo: A1.
— Nivel de complemento de destino: 30.
— Nivel complemento específico: 53.302,48 euros.
— Forma de provisión: Libre Designación.
Tercera
Requisitos que deben reunir el personal aspirante
El personal aspirante deberá pertenecer a la escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la Subescala de Intervención-Tesorería, clase primera, categoría superior, acreditándose experiencia mínima de diez años en puestos de Intervención en municipios de gran población.
No podrán concurrir a esta convocatoria los funcionarios que se encuentren en las situaciones previstas en el artículo 36 apartados a), b) y c) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Cuarta
Convocatoria
La convocatoria será efectuada por la Alcaldía-Presidencia, que la remitirá al órgano competente de la Comunidad de Madrid, para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y su remisión, a su vez, a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Función Pública, a efectos de publicación de un extracto en el "Boletín Oficial del Estado".
Quinta
Presentación de solicitudes
Las solicitudes para tomar parte en este proceso se presentarán, en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", en el registro del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, así como en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los interesados dirigirán sus solicitudes al Sr. Alcalde, acompañando a las mismas el "curriculum vitae", en el que constarán, debidamente acreditados, los años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración pública, experiencia profesional y proyectos, títulos académicos, así como los estudios y cursos de formación realizados en relación con las características y funciones del puesto y cuantos otros méritos o circunstancias se estime oportuno poner de manifiesto, que se acrediten fehacientemente por el que resulte elegido.
Sexta
Procedimiento de provisión
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, se dará publicidad a la lista de admitidos y excluidos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web, quedando abierto un plazo de diez días para la subsanación de posibles defectos.
La selección se realizará atendiendo a la experiencia y capacitación del candidato/a en puestos de Interventor/a en municipios de gran población, valorándose especialmente el conocimiento de los procesos de control permanente planificado y auditoría pública.
Los aspirantes podrán ser convocados para realizar una entrevista, a cuyo efecto se comunicará con tres días de antelación la fecha de celebración de la misma.
Séptima
Resolución de la convocatoria y nombramiento
El Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, procederá, en su caso, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, a dictar resolución correspondiente en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación y traslado de la misma a la Dirección General de Función Pública, del Ministerio de Hacienda y Función Pública, para su anotación y publicación conjunta en el "Boletín Oficial del Estado".
La Resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato/a elegido/a, de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento. Deberá quedar acreditada en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.
Octava
Toma de posesión
El plazo de toma de posesión será el establecido en el artículo 41 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Novena
Recursos e impugnaciones
La presente convocatoria, bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma, podrán ser impugnados por los interesados en la forma y plazos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
(03/2.572/24)