ADENDA de prórroga de 14 de febrero de 2024, al convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad (actualmente Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y el Ayuntamiento de Madrid, a través del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo (actualmente Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda), en materia de consumo.

REUNIDOS

De una parte, Daniel Rodríguez Asensio, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid en su calidad de Viceconsejero de Economía y Empleo, nombrado mediante Decreto 91/2023, de 5 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 159, de 6 de julio), por delegación de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 3 de diciembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones; en relación con el artículo 3 del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

Y de otra, Engracia Hidalgo Tena, en nombre y representación del Ayuntamiento de Madrid, en su calidad de Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda del Ayuntamiento de Madrid, conforme al Decreto de 17 de junio de 2023, del Alcalde, por el que se establece el número, denominación y competencias de las áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el Acuerdo de 29 de junio de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda.

Actuando las partes en razón de sus respectivos cargos y reconociéndose mutuamente poderes y facultades suficientes para formalizar la presente Adenda,

EXPONEN

I. El 16 de febrero de 2021 se suscribió un convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Economía, Empleo y Competitividad y el Ayuntamiento de Madrid, a través del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, en materia de consumo, que entró en vigor el día 6 de marzo de 2021, fecha de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El convenio fue prorrogado sucesivamente el 10 de febrero de 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de febrero) y el 15 de febrero de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de febrero), que tiene prevista la finalización de su vigencia el 23 de febrero de 2024.

II. Que el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, atribuye a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, entre otras, las competencias anteriormente atribuidas a la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, con excepción de las competencias en materia de energía.

III. Que ambas partes se encuentran satisfechas con los resultados alcanzados con dicho convenio, reconocen mutuamente su buen desarrollo y desean prorrogarlo por un año más en los mismos términos.

Por todo lo anterior, las partes acuerdan suscribir la presente adenda al convenio de colaboración con arreglo a la siguiente,

CLÁUSULA

Única

Prórroga del Convenio

De conformidad con lo establecido en la cláusula décima del convenio de colaboración suscrito entre las partes, se acuerda la prórroga por un año de su vigencia, en los mismos términos, que entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo publicarse en el citado diario oficial antes del día 23 de febrero de 2024, fecha de finalización del convenio. Posteriormente, se inscribirá en el Registro de Convenios y Protocolos de la Comunidad de Madrid.

De acuerdo a lo previsto en la cláusula quinta del convenio de colaboración, de su prórroga no se derivan obligaciones de contenido económico para las partes.

Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente adenda con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmado en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las partes.

Madrid, a 14 de febrero de 2024.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 3 de diciembre de 2021), el Viceconsejero de Economía y Empleo, Daniel Rodríguez Asensio.—La Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, Engracia Hidalgo Tena.

(03/2.517/24)

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