Aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de 5 de febrero de 2024, el calendario fiscal para el ejercicio 2024, de conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes, que se procederá al cobro en período voluntario de los siguientes impuestos municipales, en los plazos que se indican:
Del 4 de mayo al 6 de julio:
— Impuesto de vehículos de tracción mecánica.
— Tasa de recogida de residuos urbanos.
Del 6 de julio al 14 de septiembre:
— Impuesto sobre bienes inmuebles de urbanos, rústicos y de características especiales.
— Impuesto de actividades económicas.
— Tasa por aprovechamientos comunales, caza y ganado.
— Tasas e impuestos varios.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.
En Puebla de la Sierra, a 6 de febrero de 2024.—El alcalde, Pedro Bautista Sánchez Núñez.
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