Ciempozuelos. Organización y funcionamiento. Plan estratégico subvenciones

Por resolución de Alcaldía 291/2024, de 26 de enero, se ha resuelto:

Primero.—Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Ciempozuelos para el periodo 2024-2026, cuyo contenido se anexa a la presente resolución.

Segundo.—Publicar el citado Plan Estratégico de Subvenciones en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Ciempozuelos y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero.—Dar traslado de esta Resolución a los Servicios de Intervención y a las Concejalías interesadas, a los efectos que procedan.

Cuarto.—Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno del Ayuntamiento en la próxima sesión que celebre, de conformidad con el artículo 42 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de noviembre.

ANEXO

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES CIEMPOZUELOS 2024-2026

1. Preámbulo

Ciempozuelos es solidaridad, hospitalidad y acogida.

Las subvenciones suponen un importante instrumento de las políticas municipales incentivadoras en caminadas al fomento de unos intereses sociales, con el objetivo de promover la consecución de un fin público, que muchas de las ocasiones, nacen de iniciativas de la propia sociedad civil.

Las medidas incentivadoras que se materializan a través de las subvenciones son una parte importante de la actividad del sector público, debiendo ser acordes con las demandas sociales y permitiendo una mejora en la distribución de los fondos públicos:

— Potenciando y canalizando la participación ciudadana.

— Fomentando la solidaridad ciudadana.

— Creando redes y acciones que contribuyen a la cohesión social de la ciudadanía.

Hoy, hay una importante colaboración entre las entidades de distinto carácter que favorecen la acción social y la colaboración con el Ayuntamiento. Algunas son instituciones, otras entidades de gran recorrido histórico y otras son surgidas de la iniciativa ciudadana. Todas funcionan de forma autónoma y solidaria tratando de impulsar distintos sectores, así como el reconocimiento y el ejercicio de los derechos sociales, de lograr la cohesión y la inclusión social en todas sus dimensiones y de evitar que determinados colectivos sociales queden excluidos de unos niveles suficientes de bienestar.

2. Definición del Plan Estratégico de Subvenciones de Ciempozuelos

El presente plan se define como un instrumento de gestión, planificación y control de las políticas públicas de contenido subvencionable del Ayuntamiento de Ciempozuelos, siendo una herramienta que la institución pone al servicio de la ciudadanía en aras de favorecer su participación activa en la vida social del municipio.

El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento en el que confluyen:

— La materialización de los principios que regulan la concesión de las subvenciones y su justificación.

— La planificación de la política en la materia de fomento de actividades de utilidad pública o interés social o de la promoción de una finalidad pública de un determinado departamento.

— Las medidas de control de las subvenciones que permitan con su evaluación, una mejora de las futuras subvenciones mediante las correcciones oportunas que se consideren, por cuanto todo plan debe recoger el seguimiento y control de la actividad subvencionada.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8.1 que:

"Los órganos de las administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria".

El Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, ordena en su título preliminar, capítulo III, sección primera, artículos 10 a 15, ambos inclusive, los planes estratégicos de subvenciones, estableciendo los principios rectores, ámbitos, contenido, competencia para su aprobación, seguimiento, y efectos de su cumplimiento.

Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, regula las subvenciones centrándose en la ayuda pública tipo subvención bajo la forma de entrega dineraria.

La ordenanza general reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Ciempozuelos regula las normas referentes a las formas, medios y procedimientos de concesión de subvenciones a personas o entidades físicas y jurídicas para la realización de actividades, servicios y proyectos de interés público que sean compatibles o complementarios de los que realiza el Ayuntamiento de Ciempozuelos.

3. Naturaleza jurídica

Este plan carece de rango normativo. Tiene carácter programático y su contenido no supone incidencia directa en la esfera de los particulares no genera derechos ni obligaciones para la administración.

Por tanto, su aprobación no supone la generación de derecho alguno en favor de los potenciales beneficiarios, que no podrían exigir indemnización o compensación alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.

Su efectividad queda condicionada al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo que la aprobación de las diferentes bases y convocatorias de las diferentes líneas de subvención se acomodarán en cada momento a dichos objetivos. El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en los presupuestos municipales de cada año y la aprobación de las correspondientes ordenanzas que contengan las bases reguladoras de su concesión.

4. Competencia para su aprobación

El órgano competente para la aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones es la Alcaldía-Presidencia, dado que se trata de un instrumento de planificación estratégica de la actividad subvencional o de fomento y de la gestión económica, de acuerdo con lo previsto en el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del Régimen Local, mediante decreto, dando cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.

5. Ámbito objetivo

El presente Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Ciempozuelos incluye las subvenciones concedidas bien mediante procedimientos de concurrencia competitiva o bien mediante subvenciones nominativas que se prevean en el presupuesto por el Ayuntamiento a través de sus diversas Áreas de Gobierno.

6. Ámbito temporal

El ámbito temporal del presente Plan Estratégico de Subvenciones abarca los ejercicios 2024 a 2026, entrando en vigor desde el momento de su aprobación y finalizando su vigencia el 31 de diciembre de 2026, pudiéndose extender para el caso de la evaluación contemplada en el apartado 15.2 del presente Plan.

7. Principios generales

La regulación jurídica en materia de subvenciones en el ámbito de la Comunidad de Madrid y del Estado establece unos principios generales de actuación, que son elementos fundamentales del Plan Estratégico y que deben regir la gestión municipal en materia de subvenciones.

1. Publicidad y concurrencia, mediante convocatoria previa en la que se garantice la libre concurrencia y la equidad en la distribución de fondos públicos, todo ello sin perjuicio de la posible concesión directa que, de conformidad con lo establecido en cada una de las normas aplicables, deberá contar con las debidas disponibilidades presupuestarias, figurando nominativamente en los presupuestos con carácter previo.

2. Objetividad en el proceso de asignación de fondos públicos, fijando los criterios y su ponderación para la selección de los proyectos y actividades en el caso de concurrencia.

3. Igualdad y no discriminación tanto entre la ciudadanía, como entre los distintos sectores, como entre los colectivos.

4. Transparencia en el proceso de asignación de recursos públicos, tanto en el proceso de concesión, como en la publicación de los resultados, cumpliendo con los requisitos de la ordenanza municipal de transparencia y del resto de normativa aplicable en esta materia.

5. Eficacia en el cumplimiento de los objetivos mediante el establecimiento de un procedimiento de seguimiento y control de las subvenciones concedidas por parte de los servicios, unidades y entidades gestoras.

8. Objetivos estratégicos

Dentro de las competencias municipales, y de cara al fomento desde la participación de la igualdad, equidad, convivencia, cohesión social y desarrollo sostenible este Plan Estratégico de Subvenciones pretende los siguientes principales objetivos:

1. Contribuir a la mejora de las condiciones de vida, desarrollo personal y comunitario y a la convivencia y cohesión de la ciudadanía, desde el respeto a la diversidad humana.

2. Apoyar la participación ciudadana en el desarrollo de las acciones en el ámbito municipal.

3. Promover, en el ámbito de sus competencias y con la autonomía que le corresponde, una política local orientada hacia la reducción de la pobreza, la lucha contra las desigualdades y la promoción del desarrollo humano sostenible.

4. Desarrollar programas de búsqueda activa de empleo, que contribuya a disminuir el número de familias que requieren ayudas directas de los programas sociales.

5. Garantizar el acceso a la formación a las personas que necesitan mejorar su capacitación profesional o continuar su itinerario formativo.

6. Favorecer la participación de la sociedad en acciones de voluntariado.

7. Promover entre la ciudadanía, hábitos de vida saludable a través del cuidado personal y la práctica deportiva.

8. Apoyar y estimular la participación activa de las entidades sociales en el término municipal favoreciendo el trabajo coordinado entre entidades públicas y privadas.

9. Promover y aplicar desde el ámbito municipal la Declaración Universal de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia y la Constitución, considerando ciudadanas y ciudadanos de pleno derecho a niñas/os, adolescentes y jóvenes.

10. Promover condiciones adecuadas para que las personas con cualquier tipo de discapacidad alcancen su máxima autonomía, inclusión y participación activa en la comunidad.

11. Favorecer la consolidación y desarrollo del comercio local de proximidad.

12. Promover la riqueza patrimonial y turística de nuestro municipio. Basándose en una promoción sostenible y bajo los parámetros de una economía circular.

9. Líneas de actuación

Las líneas de actuación tendrán relación con las áreas de gobierno del Ayuntamiento de Ciempozuelos.

Línea de actuación 1: Educación.

— Objetivo general: Favorecer la cohesión, inclusión, el desarrollo educativo en unas condiciones y entorno adecuados.

— Objetivos específicos:

• Garantizar la alimentación completa y saludable de las niñas y niños de Ciempozuelos.

• Favorecer la mejora de la formación, cualificación profesiones y la continuidad en el sistema educativo a las familias con menos recursos.

• Mejorar los recursos educativos, instalaciones y condiciones de uso de los centros educativos.

— Plazo de ejecución: Convocatorias anuales y/o plurianuales.

— Fuente de financiación: El presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el plan de actuación y líneas específicas.

— Plan de actuación: El plan de actuación para la ejecución de esta línea se realizará mediante la elaboración de las correspondientes convocatorias, convenios de colaboración específicos o resoluciones para cada una de las siguientes líneas específicas de subvención.

— Subvenciones en esta línea de actuación dotadas para 2024 y modificables para años sucesivos es de:

Imagen del artículo Ciempozuelos. Organización y funcionamiento. Plan estratégico subvenciones

Línea de actuación 2: Acción Social.

— Objetivo general: Impulsar la actividad del Tercer Sector en el ámbito de los servicios sociales para fomentar la cohesión, inclusión, desarrollo de valores colectivos y creación de capital social que su actuación genera, complementariamente con la actividad directa del Ayuntamiento.

— Objetivos específicos:

• Atender las situaciones de vulnerabilidad.

• Fomento de la cohesión social.

• Prevención y atención a la exclusión social de las mujeres.

• Protección y apoyo a las víctimas de violencia de género.

— Plazo de ejecución: Convocatorias anuales y/o plurianuales.

— Fuente de financiación: El presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el plan de actuación y líneas específicas.

— Plan de actuación: El plan de actuación para la ejecución de esta línea se realizará mediante la elaboración de las correspondientes convocatorias, Convenios de colaboración específicos o Resoluciones para cada una de las siguientes líneas específicas de subvención.

— Subvenciones en esta línea de actuación dotadas para 2024 y modificables para años sucesivos es de:

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Línea de actuación 3: Desarrollo Local y Empleo.

— Objetivo general: Promoción y Desarrollo Económico del entorno local, con actuaciones en materia de Empleo, Cualificación, Emprendimiento y Empresas; así como el fomento de la incorporación al mercado laboral y la consolidación de un empleo estable y de calidad.

— Objetivos específicos: Promover ayudas para programas de incentivo del comercio local y el emprendimiento. Establecer mecanismos que permitan enlazar la oferta y demanda de empleo.

— Plazo de ejecución: Convocatorias anuales y/o plurianuales.

— Fuente de financiación: El presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el plan de actuación y líneas específicas.

Plan de actuación: El plan de actuación para la ejecución de esta línea se realizará mediante la elaboración de las correspondientes convocatorias, Convenios de colaboración específicos o Resoluciones para cada una de las siguientes líneas específicas de subvención:

— Subvenciones en esta línea de actuación:

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Línea de actuación 4: Cultura y festejos.

— Objetivo general: Impulsar la actividad de las entidades en los diferentes ámbitos de la cultura y el ocio.

— Objetivos específicos:

• Apoyar la promoción, dinamización y participación cultural.

• Apoyar la participación de los ciudadanos en los eventos de ocio y fiestas.

— Plazo de ejecución: Convocatorias anuales y/o plurianuales.

— Fuente de financiación: El presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el plan de actuación y líneas específicas.

— Plan de actuación: El plan de actuación para la ejecución de esta línea se realizará mediante la elaboración de las correspondientes convocatorias, Convenios de colaboración específicos o Resoluciones para cada una de las siguientes líneas específicas de subvención.

— Subvenciones en esta línea de actuación dotadas para 2024 y modificables para años sucesivos es de:

Imagen del artículo Ciempozuelos. Organización y funcionamiento. Plan estratégico subvenciones

Línea de actuación 5: Deportes.

— Objetivo general: Impulsar la actividad de las entidades deportivas.

— Objetivos específicos:

• Apoyar la promoción, dinamización y participación del deporte base en el municipio.

• Fomentar y apoyar la práctica de todo tipo de deportes, incluidos los de carácter minoritario, poniendo énfasis en la importancia de la participación en equipo.

• Apoyar la participación de los ciudadanos en los eventos de ocio y deportivos.

— Plazo de ejecución: Convocatorias anuales y/o plurianuales.

— Fuente de financiación: El presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el plan de actuación y líneas específicas.

— Plan de actuación: El plan de actuación para la ejecución de esta línea se realizará mediante la elaboración de las correspondientes convocatorias, Convenios de colaboración específicos o Resoluciones para cada una de las siguientes líneas específicas de subvención.

— Subvenciones en esta línea de actuación:

Imagen del artículo Ciempozuelos. Organización y funcionamiento. Plan estratégico subvenciones

Línea de actuación 6: Gestión administrativa.

— Objetivo general: Apoyar la representación política de los ciudadanos.

— Objetivos específicos: Favorecer la acción política de los grupos municipales.

— Plazo de ejecución: Convocatorias anuales y/o plurianuales.

— Fuente de financiación: El presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el plan de actuación y líneas específicas.

— Plan de actuación: El plan de actuación para la ejecución de esta línea se realizará mediante la elaboración de las correspondientes convocatorias, Convenios de colaboración específicos o Resoluciones para cada una de las siguientes líneas específicas de subvención.

— Subvenciones en esta línea de actuación dotadas para 2024 y modificables para años sucesivos es de:

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Línea de actuación 7: Conservación y mantenimiento de áreas industriales.

— Objetivo general: Impulsar la conservación y mantenimiento de las infraestructuras urbanas, así como la promoción de la actividad económica y el empleo en las áreas industriales del municipio.

— Objetivos específicos:

• Conservación y mantenimiento de infraestructuras urbanas en zonas industriales: red viaria; red de alumbrado público, zonas verdes y espacios de usos público.

• Promover la prestación de servicios urbanos como la seguridad, la limpieza viaria, la desratización y desinfección del espacio público.

— Plazo de ejecución: Convocatorias anuales y/o plurianuales.

— Fuente de financiación: El presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el plan de actuación y líneas específicas.

— Plan de actuación: El plan de actuación para la ejecución de esta línea se realizará mediante la elaboración de las correspondientes convocatorias, Convenios de colaboración específicos o Resoluciones para cada una de las siguientes líneas específicas de subvención.

— Subvenciones en esta línea de actuación:

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Línea de actuación 8: Patrimonio y Turismo.

— Objetivo general: Potenciar el respeto, mantenimiento y la difusión de nuestro patrimonio.

— Objetivos específicos:

• Concienciar en el respeto y el mantenimiento de nuestro patrimonio entre la ciudadanía.

• Apoyar la promoción, dinamización y difusión de nuestra riqueza patrimonial.

• Fomentar y apoyar un turismo sostenible en nuestro municipio, respetuoso con nuestro entorno y con los ciudadanos.

• Apoyar una economía circular a través de un turismo responsable.

— Plazo de ejecución: Convocatorias anuales y/o plurianuales.

— Fuente de financiación: El presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el plan de actuación y líneas específicas.

— Plan de actuación: El plan de actuación para la ejecución de esta línea se realizará mediante la elaboración de las correspondientes convocatorias, Convenios de colaboración específicos o Resoluciones para cada una de las siguientes líneas específicas de subvención.

— Subvenciones en esta línea de actuación:

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10. Procedimiento de concesión

10.1. Procedimiento ordinario de concesión en régimen de concurrencia competitiva:

1. El Ayuntamiento de Ciempozuelos, consignará anualmente en su Presupuesto la cantidad que entiendan precisa para subvencionar proyectos y actividades, de acuerdo con las bases reguladoras y convocatorias correspondientes. La cantidad estará distribuida entre todas las áreas relacionadas con el ámbito de actuación de las diferentes concejalías del Ayuntamiento de Ciempozuelos.

2. El procedimiento para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva se iniciará siempre de oficio.

3. Además de los criterios específicos que fije el órgano competente al aprobar las bases de la convocatoria, se consideran básicos para el otorgamiento de subvenciones los siguientes:

a) Que el objeto social y las actividades desarrolladas por las entidades solicitantes sean complementarias con respecto a las competencias y actividades municipales.

b) El interés general o específico de la actividad, en función de los criterios y prioridades para cada ejercicio.

c) La inexistencia, carencia o insuficiencia de actividades análogas.

d) La representatividad de las entidades ciudadanas solicitantes, valorando los beneficiarios directos y los indirectos.

e) La capacidad económica autónoma y las ayudas que reciben de otras instituciones públicas o privadas.

f) La importancia para el municipio de Ciempozuelos de las actividades desarrolladas o que se pretendan realizar.

g) El fomento de la participación vecinal promocionando la calidad de vida, el bienestar social y los derechos de los vecinos.

h) Desarrollo de los programas o proyectos en colaboración con otras Entidades Locales.

4. Será órgano competente para conceder la subvención la Alcaldía, sin perjuicio de la posible delegación en la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ciempozuelos.

10.2. Procedimiento de concesión directa:

Conforme al artículo 22 de la Ley General de Subvenciones, podrán concederse de forma directa las siguientes subvenciones:

— Las previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Ayuntamiento de Ciempozuelos.

— Aquellas cuyo otorgamiento o cuantía venga impuesto a la Administración por una norma de rango legal, que seguirán el procedimiento de concesión que les resulte de aplicación de acuerdo con su propia normativa.

— Con carácter excepcional, todas aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten o hagan inconveniente su convocatoria pública.

El procedimiento para la concesión de estas subvenciones se iniciará de oficio por el centro gestor del crédito presupuestario al que se imputa la subvención, o a instancia del interesado, y terminará con la resolución de concesión o el convenio, aplicándose al procedimiento de concesión lo establecido en la Ley General de Subvenciones, en las previsiones de la ordenanza general de subvenciones que no contradigan lo establecido en dicha Ley, y en este Plan.

11. Plazos de ejecución

Con carácter general, las subvenciones municipales tendrán un plazo de ejecución anual, siendo el periodo elegible a efectos de justificación el año natural. La ordenanza prevé la posibilidad, no obstante, de subvenciones de carácter plurianual, si así se aprueba en los presupuestos municipales.

En aquellos supuestos en los que las circunstancias hagan conveniente la fijación de un plazo de ejecución superior al anual, o la modificación del periodo elegible, se deberán recoger en las correspondientes convocatorias de subvenciones.

12. Financiación

La efectividad de las líneas de ayudas y subvenciones incluidas en el presente plan quedarán condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el correspondiente presupuesto anual. Previo a la concesión de cualquier tipo de subvención se procederá a la tramitación de la autorización del gasto correspondiente.

13. Igualdad entre mujeres y hombres

El principio de igualdad entre mujeres y hombres está incorporado a este Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Ciempozuelos, de manera que es un objetivo transversal que antes de que finalice el plazo vigencia del mismo en todas las subvenciones municipales se exigirá la integración de la perspectiva de género en la elaboración y ejecución de los distintos proyectos presentados, y en todo caso se evitará el uso de lenguaje e imágenes sexistas en la documentación para el desarrollo de los mismos, sin discriminar directa o indirectamente por razón de sexo.

En la elaboración de memorias e informes que la entidad subvencionada se deberá presentar con motivo de la ejecución y justificación de la subvención, los datos estadísticos sobre las personas beneficiarias o usuarias y sobre el personal que ejecute el proyecto subvencionado, desagregados por sexo y edad, estableciendo porcentajes, de forma que puede conocerse la población sobre la que incide la subvención.

La entidad beneficiaria de la subvención presentará los documentos acreditativos solicitados por el servicio gestor para justificar el cumplimiento de las medidas recogidas en los párrafos anteriores.

14. Transparencia

Este Plan Estratégico de Subvenciones será objeto de publicación en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Ciempozuelos, de conformidad con lo previsto en el art. 6.2 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y será publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro de los veinte días siguientes a su aprobación, de conformidad con el artículo 25.1, letra a) de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.

Todas las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento, en cada una de sus líneas estratégicas, programas de ayuda y convocatorias serán publicadas durante el mes siguiente a cada trimestre natural, de acuerdo con los artículos 30 y 31 del Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, en la web municipal y en el tablón de anuncios oficiales, en el boletín oficial correspondiente cuando sea necesario y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, indicando el beneficiario, la cuantía concedida y el proyecto o acción a la que va destinada cuando corresponda.

15. Control y seguimiento anual y evaluación tras finalizar su vigencia

15.1. Control y seguimiento anual:

El control económico y financiero de las subvenciones concedidas, que está encomendado a la Intervención General del Ayuntamiento de Ciempozuelos, se realizará en las condiciones recogidas en la legislación vigente para este ámbito.

Sin perjuicio del control basado en criterios económicos, este Plan Estratégico debe ser revisado anualmente por parte de las Concejalías interesadas, a través de cada uno de los Departamentos gestores de las subvenciones, para lo cual se procederá a remitir en el primer cuatrimestre del ejercicio siguiente un informe expresivo de:

1. Información de cada línea y tipo de subvención, que recogerán las subvenciones concedidas, justificadas, las renunciadas y las reintegradas (o en procedimiento de reintegro).

2. El grado de cumplimiento de sus objetivos específicos, de su plazo de consecución.

3. Los costes efectivos en relación a los previsibles de su plan de acción y los impactos y efectos sobre la realidad en la que se ha pretendido incidir.

4. Repercusiones presupuestarias y financieras que se derivan de la aplicación del Plan.

5. Conclusiones o valoración global.

6. Sugerencias para la elaboración del siguiente Plan Estratégico de Subvenciones.

De dicho informe de seguimiento y control anual puede derivarse la necesidad de:

— Modificar o actualizar las líneas de subvención que pudieran haber perdido su vigencia, o que no sean eficaces para el cumplimiento de los objetivos.

— Actualizar los importes de aquellas que se mantengan.

— Incluir nuevas líneas de actuación que se consideren necesarias para la consecución de los objetivos previamente establecidos.

El informe y la propuesta del plan actualizado se enviarán al Área competente en materia de Hacienda, al objeto de que emita informe con carácter previo a su aprobación.

15.2. Evaluación tras la finalización de la vigencia:

Finalizada la vigencia del Plan, y antes de la elaboración del siguiente, se presentará por parte de cada concejalía interesada, a través de los Departamentos gestores de las subvenciones, memoria justificativa con las siguientes especificaciones:

1. Información de cada línea y tipo de subvención, que recogerán las subvenciones concedidas, justificadas, las renunciadas y las reintegradas (o en procedimiento de reintegro).

2. Conclusiones o valoración global.

3. Propuesta de modificación del actual plan de subvenciones y/o sugerencias para la elaboración del siguiente Plan Estratégico de Subvenciones.

En Ciempozuelos, a 7 de febrero de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Raquel Jimeno Pérez.

(03/2.097/24)

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