ADENDA de 1 de febrero de 2024, al convenio de colaboración y apoyo mutuo suscrito el 5 de febrero de 2020 entre la Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, y Metro de Madrid, S. A., para la ampliación de las Líneas 3, 5 y 11 del Metro de Madrid.

En Madrid, a 1 de febrero de 2024.

REUNIDOS

De una parte, don Jorge Rodrigo Domínguez, en su calidad de Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, en virtud del Decreto 41/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, con domicilio a estos efectos en Madrid, calle Maudes, número 17.

De otra parte, don Ignacio Vázquez Casavilla, en su calidad de Consejero Delegado de Metro de Madrid, S. A., nombrado por Acuerdo del Consejo de Administración, de 28 de julio de 2023, con domicilio a estos efectos en Madrid, avenida de Asturias, número 4.

INTERVIENEN

Don Jorge Rodrigo Domínguez, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, en su condición de titular de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, en ejercicio de sus competencias sobre las infraestructuras de la red de transporte metropolitano de la Comunidad de Madrid y en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid; del artículo 1 del Decreto 244/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras; y del artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Don Ignacio Vázquez Casavilla, en nombre y representación de Metro de Madrid, S. A., con NIF A-28001352, cuya sede social radica en Madrid, avenida de Asturias, número 4, en virtud de las facultades que ostenta y que constan expresadas en la escritura pública otorgada ante el notario de Madrid, don Pedro-José Bartolomé Fuentes, con fecha 28 de julio de 2023, bajo el número 1517 de su protocolo, que afirma vigentes.

Ambas partes intervienen en virtud de sus respectivos cargos y en la representación que ostentan, se reconocen entre sí capacidad suficiente para obligarse en los términos de la presente Adenda al convenio de colaboración y apoyo mutuo suscrito el 5 de febrero de 2020 entre la Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid y Metro de Madrid, S. A., para la ampliación de las líneas 3, 5 y 11 del Metro de Madrid, y a tal efecto,

EXPONEN

I. Con fecha 5 de febrero de 2020 la Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid y Metro de Madrid, S. A., suscribieron un convenio de colaboración y apoyo mutuo para la ampliación de las líneas 3, 5 y 11 del Metro de Madrid.

II. Conforme lo establecido en la estipulación cuarta de dicho convenio la vigencia del mismo comenzó a partir del día siguiente al de su firma y sus efectos se extenderán hasta la finalización de la ejecución de los contratos pertinentes y la puesta en servicio de las obras de ampliación de las Líneas 3, 5 y 11, sin que en ningún caso el plazo máximo de vigencia supere los cuatro años, por lo que la vigencia máxima del convenio finalizaría el 5 de febrero de 2024.

No obstante, en el párrafo segundo de la misma estipulación se establece que en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales siempre que proceda.

III. Al estar previsto que las actuaciones de ampliación de las líneas 3, 5 y 11 del metro de Madrid prosigan con posterioridad al 5 de febrero de 2024, se considera procedente prorrogar la vigencia máxima del convenio de colaboración y apoyo mutuo suscrito el 5 de febrero de 2020.

Por lo expuesto, ambas partes acuerdan unánimemente suscribir la presente adenda al convenio de colaboración y apoyo mutuo suscrito el 5 de febrero de 2020 entre la Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid y Metro de Madrid, S. A., para la ampliación de las líneas 3, 5 y 11 del Metro de Madrid conforme a las siguientes

ESTIPULACIONES

Única

Objeto y contenido

La presente adenda tiene por objeto prorrogar la vigencia máxima del convenio de colaboración y apoyo mutuo suscrito el 5 de febrero de 2020 entre la Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid y Metro de Madrid, S. A., para la ampliación de las líneas 3, 5 y 11 del Metro de Madrid, en los siguientes términos.

La vigencia y efectos del convenio de colaboración y apoyo mutuo suscrito el 5 de febrero de 2020, que comenzó a partir del día siguiente al de su firma, se extenderán hasta la finalización de la ejecución de los contratos pertinentes y la puesta en servicio de las obras de ampliación de las líneas 3, 5 y 11, sin que en ningún caso el plazo máximo de vigencia supere el 5 de febrero de 2028.

El resto de estipulaciones del citado convenio de colaboración y apoyo mutuo permanecerán invariables y plenamente vigentes.

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, las partes firman la presente adenda, en el lugar y fechas indicados en el encabezamiento.

Madrid, a 1 de febrero de 2024.—El Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, Jorge Rodrigo Domínguez.—El Consejero Delegado de Metro de Madrid, S. A., Ignacio Vázquez Casavilla.

(03/1.945/24)

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