RESOLUCIÓN de 8 de febrero de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca procedimiento para la formación de listas de funcionarios docentes, aspirantes a ser designados miembros voluntarios de los tribunales en los procedimientos selectivos convocados por Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades.

Por Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, se convocaron procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 99, de 27 de abril de 2023). A los efectos del nombramiento de los miembros de los tribunales que valorarán las pruebas previstas en el proceso selectivo, dicha resolución prevé en su base 6.1.4., que la Dirección General de Recursos Humanos promoverá, entre los funcionarios en activo de las especialidades convocadas en la Base Primera, la participación voluntaria en dichos órganos de selección, con sujeción a las Instrucciones que establezca al efecto.

Esta facultad de promover la partición voluntaria de los órganos de selección se articula en base a lo previsto en el artículo 7, apartado 7, del Reglamento de Ingreso, Accesos y Adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley, aprobado por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, que establece que las Administraciones educativas podrán disponer la posibilidad de participación voluntaria en los tribunales de selección, con carácter previo al procedimiento de designación forzoso.

En aplicación de lo anterior, con la finalidad de garantizar la elección de los profesionales más adecuados para su actuación como miembros de los tribunales que han de seleccionar a los participantes en los próximos procedimientos selectivos, esta Dirección General, en uso de las competencias conferidas en el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, ha resuelto convocar procedimiento para formar parte de los tribunales con carácter voluntario de acuerdo con las siguientes

BASES

Primera

Participantes

Podrán solicitar la participación con carácter voluntario, como presidente y/o vocal de los tribunales, los funcionarios de carrera de los cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, profesores especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional y del cuerpo a extinguir de profesores técnicos de Formación Profesional con destino en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid, que se encuentren en situación de servicio activo, y sean titulares de alguna de las especialidades expuestas en la base primera de la Resolución de 20 de abril de 2023 por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.

Segunda

Solicitudes

Todos aquellos interesados que, cumpliendo los requisitos establecidos en la base anterior deseen formar parte de los tribunales, presentarán una única solicitud conforme a lo indicado en la base tercera de esta resolución.

En dicha solicitud deberá marcarse la casilla correspondiente, según se solicite intervenir en calidad de presidente y/o vocal. Pueden señalar una o las dos opciones a la vez. No obstante, los aspirantes voluntarios que no marcaran la casilla de "Presidente", no serán nombrados presidentes, salvo en aquellos casos que por razones de oportunidad así lo considere esta Dirección General de Recursos Humanos.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los interesados podrán actuar por medio de representante, entendiéndose con éste las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contra del interesado. La representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna o mediante declaración en comparecencia personal del interesado.

Tercera

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el apartado e) del artículo 14.2 e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados que deseen tomar parte en este procedimiento, dada su consideración de empleados públicos, deberán realizar la presentación de su solicitud a través de medios electrónicos.

Para presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la "Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación", o bien estar dado de alta en IDentifica, medio de identificación y firma digital de la Comunidad de Madrid, o en alguno de los sistemas de identificación y autenticación Cl@ve de la Administración General del Estado, o bien disponer de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.

Dicha información se encuentra en el portal "personal +educación" ( https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/personal-educacion ), en el apartado, "Tramitación electrónica".

La solicitud se cumplimentará mediante la aplicación informática en el portal de la Comunidad de Madrid, en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/formacion-tribunales-fp-2023 . También se podrá acceder con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través del portal "personal +educación".

( https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/personal-educacion ), siguiendo la secuencia: "Funcionarios Docentes", "Procesos selectivos", "Profesores", "FP y Enseñanza Secundaria con atribución docente en FP".

En el portal de la Comunidad de Madrid ( https://www.comunidad.madrid ), dentro del apartado "Sede electrónica", se puede realizar la aportación de documentos durante la tramitación del expediente en los plazos establecidos para ello siguiendo la ruta: "Servicios de tramitación digital", "Aportar", "Documentos", y se pueden comprobar los documentos que se han anexado a la solicitud siguiendo la ruta: "Servicios de tramitación digital", "Consultar", "Situación de tus expedientes".

Solo en el caso de presentar la solicitud mediante representante, deberá indicar sus datos en el apartado de la solicitud y presentar:

— Copia del DNI del representante en el supuesto de no autorizar su consulta.

— Documento de otorgamiento de la representación.

Cuarta

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes de participación será de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la presente Resolución.

Quinta

Listas provisionales de admitidos y excluidos

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de Recursos Humanos dictará resolución ordenando la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos en este procedimiento, especificando las causas de exclusión.

Asimismo, en estas listas provisionales se hará indicación, en el caso de los admitidos, del cuerpo y especialidad por los que solicitan participar, así como el tipo de solicitud (presidente y/o vocal) que han consignado en la solicitud de participación.

Las publicaciones se expondrán en el portal de la Comunidad de Madrid en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/formacion-tribunales-fp-2023 y con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través del portal "personal +educación" a los que podrá accederse siguiendo la secuencia descrita en la base tercera.

Sexta

Alegaciones/Subsanación de la solicitud

Los aspirantes excluidos, los que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales, así como los que no figurasen en las mencionadas listas, dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la exposición de las listas provisionales para subsanar el defecto que hubiera motivado su exclusión, corregir los errores apreciados, o presentar las alegaciones que estimen convenientes.

La solicitud de alegaciones/subsanaciones se cumplimentará mediante la aplicación informática en el portal de la Comunidad de Madrid, en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/formacion-tribunales-fp-2023

También se podrá acceder con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través del portal "personal +educación" ( https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/personal-educacion ), siguiendo la secuencia: "Funcionarios Docentes", "Procesos selectivos", "Profesores", "FP y Enseñanza Secundaria con atribución docente en FP".

Séptima

Listas definitivas de admitidos y excluidos

Vistos y examinados los escritos presentados, el Director General de Recursos Humanos dictará resolución aprobando las listas definitivas de admitidos y excluidos, especificando las causas de exclusión, que serán publicadas en el portal de la Comunidad de Madrid en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/formacion-tribunales-fp-2023 y con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, en el portal "personal +educación" a los que podrá accederse siguiendo la secuencia descrita en la base tercera.

El hecho de aparecer como candidato admitido en las listas mencionadas anteriormente no implica ser seleccionado para actuar como miembro en los Tribunales.

Una vez designados, la participación será obligatoria.

Octava

Renuncias

Manifestado el deseo de participar como miembro voluntario en los procedimientos de selección, las posibles renuncias sobrevenidas con posterioridad a la cumplimentación de la solicitud, deberán ser justificadas y comunicadas, a la mayor brevedad posible, a la Dirección General de Recursos Humanos antes de la publicación del nombramiento de tribunales en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, mediante la aplicación que se encuentra disponible siguiendo la secuencia descrita en la base tercera. No obstante, si las causas alegadas no se consideran eximentes, entrará a formar parte, en su caso, del resto de funcionarios que como forzosos pudieran ser nombrados miembros de un tribunal, según su especialidad, para participar en cualquiera de los procedimientos.

Novena

Indemnizaciones

Las cuantías a percibir por participación en tribunales, serán las que se fijan en la Orden de 16 de marzo de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece el importe de las asistencias por participación en órganos de selección del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.

Décima

Recursos

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 8 de febrero de 2024.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.

(03/2.264/24)

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