RESOLUCIÓN de 8 de febrero de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se aprueban las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en el procedimiento selectivo de estabilización, por el sistema de concurso-oposición, para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Resolución de 19 de diciembre de 2022.

Por Resolución de esta Dirección General de Recursos Humanos, de fecha 19 de diciembre de 2022, se convocó procedimiento selectivo de estabilización para ingreso en el Cuerpo de Maestros.

De conformidad con lo dispuesto en la base quinta de la citada Resolución, esta Dirección General de Recursos Humanos,

HA RESUELTO

Primero

Listas provisionales de admitidos

Aprobar las listas provisionales de admitidos a este procedimiento selectivo, con indicación de los aspirantes que deberán acreditar su competencia en el conocimiento del idioma castellano mediante la realización de la prueba a la que se alude en el apartado 3.1.a) de la citada Resolución de convocatoria.

Asimismo, en las mencionadas listas constan la forma de acceso, especialidad y aquellos candidatos que tengan en vigor la habilitación bilingüe, expedida por la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.

Segundo

Listas provisionales de excluidos

Aprobar las listas provisionales de aspirantes excluidos en el citado procedimiento selectivo, con indicación de las causas de exclusión.

Aquellos aspirantes que han solicitado participar por el turno de "Reserva para personas con discapacidad" y no han aportado el dictamen vinculante de las condiciones psíquicas, físicas o sensoriales, o Resolución del Instituto Nacional de Seguridad que acredite haber sido declarado en situación de incapacidad permanente en grado total en una profesión distinta a la docente, tal y como se especifica en el apartado 3.2.3 de la Resolución de convocatoria, figurarán en estas listas de excluidos.

De conformidad con el citado apartado 3.2.3, en caso de no aportar el citado dictamen o resolución en el plazo de subsanación a dichas listas, figurarán en los listados definitivos como admitidos en el turno libre y no procederá, en su caso, realizar las adaptaciones solicitadas.

Tercero

Fecha y lugares de exposición.

Ordenar la exposición de las citadas listas provisionales de admitidos y excluidos, a partir del día 15 de febrero de 2024, en el portal de la Comunidad de Madrid en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/oposiciones-estabilizacion-m... . También se podrá acceder con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través del portal "personal +educación" ( comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ), siguiendo la secuencia: "Funcionarios Docentes", "Procesos selectivos", "Estabilización", "Concurso oposición de estabilización de Maestros".

Las listas provisionales se mantendrán expuestas hasta la publicación de las listas definitivas de admitidos y excluidos.

El requerimiento para la subsanación de la solicitud se considera efectuado con la publicación de la resolución que aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos, al efecto de que, en el plazo establecido en el apartado quinto, subsanen el defecto que ha motivado su exclusión.

Cuarto

Escritos de subsanaciones. Lugar de presentación y plazo

1. Solicitudes de subsanación:

Los aspirantes excluidos, así como los omitidos por no figurar en la lista de admitidos ni en la de excluidos o aquellos que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales, o los que, poseyendo la habilitación bilingüe, no figurasen en las citadas listas, podrán presentar solicitud de subsanación, junto con la documentación acreditativa, en su caso.

Si el aspirante no subsanara el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, se le tendrá por desistido de su petición y se le excluirá definitivamente del proceso selectivo.

2. Presentación de las solicitudes de subsanación:

La solicitud de subsanación deberá ser presentada a través de la Aplicación Docente de Oposiciones (ADO) de forma telemática, tal como se indica en el punto 5.2 de la convocatoria, en aplicación de lo establecido en el artículo 5 del Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid, del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.

Para poder presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la "Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación", estar dado de alta en alguno de los sistemas de identificación y autenticación Cl@ve de la Administración General del Estado o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma. Dicha información se encuentra en el portal "personal +educación" ( comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ), siguiendo la ruta, "Tramitación electrónica", "Certificados electrónicos autorizados".

Se dirigirán al órgano de gestión correspondiente, en función de la distribución competencial que se relaciona a continuación:

— Pedagogía terapéutica: Dirección de Área Territorial Madrid-Norte.

— Educación primaria: Dirección de Área Territorial Madrid-Sur.

— Educación física: Dirección de Área Territorial Madrid-Este.

— Música: Dirección de Área Territorial Madrid-Oeste.

— Educación infantil: Dirección de Área Territorial Madrid-Capital.

— Audición y lenguaje: Dirección de Área Territorial Madrid-Capital.

— Lengua extranjera: inglés: Dirección General de Recursos Humanos. Subdirección General de Gestión del Profesorado de Educación Infantil, Primaria y Especial.

No se admitirá, en esta fase administrativa, la aportación de nueva documentación que no se haya presentado en tiempo y forma, en el plazo habilitado para ello, ni la modificación de la opción de la especialidad consignada en el apartado 1 de la solicitud de participación.

3. Plazo de presentación de solicitudes de subsanación:

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 5.2 de la citada Resolución de 19 de diciembre de 2022, los aspirantes excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de estas listas provisionales, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión.

Los aspirantes que no figuren en la lista de admitidos ni en la de excluidos o aquellos que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales, o los que, poseyendo la habilitación bilingüe, no figurasen en las citadas listas, podrán presentar solicitud de subsanación, manifestando tal circunstancia, en este mismo plazo.

Quinto

Resolución de las subsanaciones

Resueltas las subsanaciones presentadas, la Dirección General de Recursos Humanos dictará Resolución por la que se declararán aprobadas las listas definitivas de admitidos y excluidos, declarándose desestimadas las subsanaciones no recogidas en las mismas.

Estas listas se expondrán en los mismos términos y en las mismas condiciones citadas en el punto cuarto de esta Resolución.

Sexto

Recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la exposición, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, a 8 de febrero de 2024.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.

(03/2.210/24)

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