El artículo 7.4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece que las entidades concedentes publicarán trimestralmente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID las subvenciones concedidas en cada período con expresión de la entidad beneficiaria, cantidad concedida y finalidad de la subvención.
De conformidad con lo expuesto, se procede a publicar las ayudas concedidas por la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios durante el cuarto trimestre del año 2023.
Madrid, a 2 de febrero de 2024.—La Secretaria General Técnica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Resolución de 12 de enero de 2022, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 19, de 24 de enero de 2022), la Directora General de Comercio, Consumo y Servicios, Marta Nieto Novo.
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