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BDNS (identif.): 743435
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ).
Primero
Destinatarios
Podrán participar todos los centros educativos de la Comunidad de Madrid, públicos, privados y privados concertados que cuenten con una agrupación coral formada por alumnos del centro pertenecientes al nivel de Educación Infantil y Primaria, o a los niveles de Secundaria y Primaria.
Segundo
Objeto
Convocar el XX Certamen de Coros Escolares de la Comunidad de Madrid que tiene por objeto estimular la actividad del canto coral en los alumnos de los centros educativos de la Comunidad de Madrid.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 1157/2017, de 17 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte (publicada en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de mayo de 2017), modificada por la orden 3273/2021, de 3 de noviembre, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía (publicada en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de noviembre de 2021).
Cuarto
Premios y menciones
Se reparten 21.800 euros en premios, que se distribuyen como se explica a continuación:
Podrán concederse hasta 24 menciones de 100 euros cada una a los coros participantes en la fase de selección.
También podrán concederse cuatro menciones especiales, dos para directores de coros pertenecientes a la modalidad A y otras dos para directores de coros pertenecientes a la modalidad B, independientemente de la categoría. La cuantía de cada una de ellas será de 1.000 euros y no podrán recaer dos menciones en una misma persona.
Quinto
Criterios de valoración
La valoración de los coros escolares se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios y baremo:
— Calidad interpretativa músico-vocal (hasta 60 puntos).
— Grado de dificultad del repertorio presentado (hasta 15 puntos).
— Variedad del repertorio (hasta 15 puntos).
— Calidad técnico-musical del director (hasta 10 puntos).
Sexto
Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, del presente extracto.
Madrid, a 7 de febrero de 2024.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO
(03/2.304/24)