El Escorial. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Vista la toma de posesión del cargo de alcalde-presidente en el Pleno extraordinario de 17 de junio de 2023, y en virtud de lo dispuesto en la Ley 35/1994 de diciembre, de modificación del Código Civil y la Instrucción de la Dirección General de Registros y Notariado de 26 de enero de 1995, sobre autorización del matrimonio civil por los alcaldes y los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con los artículos 43, 44, 45 y 51 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, vengo en,

DECRETAR

Primero.—Delegar la competencia para la celebración de los matrimonios civiles que tengan lugar en la Casa Consistorial en los siguientes concejales de la Corporación:

— D.a Paloma Menéndez García.

— D. Óscar Muro Alonso.

— D. Ignacio González Velayos.

— D.a Tamara Ontoria Pastor.

— D. Pablo Orueta Elvira.

— D.a Nigora Bakhtiyarova Rizaeva.

Segundo.—Notificar la presente resolución a los concejales designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa en contra y remitir el decreto de delegación al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación en el mismo. Publíquese, igualmente, la resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la presente resolución.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa podrá interponer, con carácter potestativo y en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, Recurso de Reposición ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con lo que dispone el artículo 116, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común o bien Recurso Contencioso-Administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

En El Escorial, a 25 de enero de 2024.—La concejal-delegada de Régimen Interior, Vanesa Herranz Benito.

(03/1.626/24)

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