San Lorenzo de El Escorial. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 25 de enero de 2024, por el que se aprueban las Bases generales de la convocatoria de subvenciones para entidades deportivas, ejercicio 2024.

BDNS (Identif.): 741424

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index ) y en la página web municipal ( https://www.aytosanlorenzo.es ):

1.o Beneficiarios

Podrán optar a las subvenciones reguladas en las presentes bases, las entidades y asociaciones sin ánimo de lucro debidamente formalizadas según Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación, que en el momento de presentar su solicitud cumplan los requisitos que a continuación se enumeran:

a) Estar ubicadas en San Lorenzo de El Escorial.

b) Estar legalmente inscritas en el Registro de Asociaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid con al menos un año de antigüedad en el momento de aprobación de las presentes bases.

c) Tener al menos el 50 % del total de sus deportistas empadronados en San Lorenzo de El Escorial. En caso de que una entidad solicite ayuda solo para alguno de sus equipos inscritos en ligas regulares este porcentaje podrá limitarse al conjunto de deportistas pertenecientes a ese equipo.

d) En los equipos no base, el club solicitante no podrá tener menos del 20 % de deportistas empadronados en San Lorenzo de El Escorial en cada equipo y categoría. Además de participar en competiciones regulares (ligas) organizadas por sus respectivas federaciones.

e) Reunir al menos uno de los dos siguientes requisitos:

1. Tener dadas de alta un mínimo de 10 licencias de deportistas de base (nacidos en el año 2004 en adelante) en el momento de la solicitud. Y participando en competiciones regulares (ligas) organizadas por sus respectivas federaciones o en el programa de Deporte Infantil. Estos deportistas deberán de estar todos ellos empadronados en San Lorenzo de El Escorial.

2. Tener dadas de alta un mínimo de 15 licencias federativas de deportistas en el momento de la solicitud. Estos deportistas deberán de estar todos ellos empadronados en San Lorenzo de El Escorial

f) No estar inmersas en expedientes de devolución de subvenciones concedidas por el Ayuntamiento anteriormente.

g) No encontrarse comprendido en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, sobre la prohibición para la obtención de ayudas o subvenciones públicas.

h) El cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

i) Estar al corriente de pago en sus obligaciones fiscales con la hacienda local, lo que se justificará aportando la correspondiente declaración responsable de dicho extremo, sin perjuicio de su posterior comprobación por la Administración.

La justificación por parte de las personas o entidades de no estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario definidas en las letras a. b. y c. se realizará por una declaración responsable, y las definidas en las letras d. y e. mediante la presentación de los correspondientes certificados.

2.o Objeto

Las ayudas que se exponen en las presentes bases tienen por finalidad fomentar la práctica deportiva colaborando con las entidades privadas sin ánimo de lucro.

Estas ayudas irán destinadas a los gastos realizados por desplazamientos a competiciones, material deportivo, gastos de entrenamiento y participación en competiciones y organización de actividades y eventos deportivos de especial interés desde el 1 de septiembre de 2023 al 31 de agosto de 2024.

3.o Bases reguladoras

Las bases reguladoras fueron aprobadas por la Junta de Gobierno Local de 25 de enero de 2024 y se pueden consultar en la página web municipal ( www.aytosanlorenzo.es ).

4.o Cuantía

La cuantía total máxima de todas las ayudas a otorgar es de 67.000,00 euros en concepto de subvenciones con cargo a los créditos disponibles del Programa 3400-48000 del Presupuesto del ejercicio 2024.

5.o Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y hasta el 8 de marzo de 2024.

En San Lorenzo de El Escorial, a 26 de enero de 2024.—La alcaldesa, Carlota López Esteban.

(03/1.550/24)

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