En Madrid, a 27 de diciembre de 2023.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, el Excmo. Sr. D. José Vicente Saz Pérez, Rector Magnífico de la Universidad de Alcalá, en nombre y representación de la misma, nombrado por Decreto 12/2022, de 23 de marzo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 71, de 24 de marzo de 2022), en nombre y representación de la misma, y en virtud de las competencias que tiene atribuidas por el artículo 21.i) de los Estatutos de la citada Universidad, aprobados por Decreto 221/2003, de 23 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 260, de 31 de octubre de 2003), y modificados por Decreto 18/2012, de 26 de enero, del citado Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 35, de 10 de febrero de 2012).
Ambas partes, actuando en el ejercicio de las funciones que les están legalmente atribuidas, reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria y obligándose en los términos de este documento,
MANIFIESTAN
Que con fecha 30 de abril de 2021, se suscribió un convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid (a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad) y la Universidad de Alcalá, para la ejecución del Programa Interuniversitario para los mayores durante el año 2021, cuya cláusula duodécima contempla la prórroga del mismo por sucesivos períodos anuales, hasta un máximo de cuatro años adicionales. Con fecha 13 de diciembre de 2021 se suscribió una primera prórroga para el período comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022 y el 22 de diciembre de 2022 se suscribió una segunda prórroga para el período comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023.
Que ambas partes desean continuar desarrollando la colaboración iniciada en las condiciones establecidas en el citado convenio, para el establecimiento de mecanismos permanentes que favorezcan la participación y efectiva integración de las personas mayores, que se señalan en los objetivos del Convenio.
Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, acuerdan formalizar la presente adenda de prórroga, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Prórroga
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula duodécima del convenio de colaboración suscrito en fecha 30 de abril de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, y la Universidad de Alcalá, para la ejecución del programa interuniversitario para los mayores durante el año 2021, se prorroga por tercera vez el mencionado convenio durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
Segunda
Compromisos de las partes
Las actuaciones contempladas para el nuevo período serán las mismas que las contempladas en el clausulado y especialmente la cláusula quinta (compromisos de las partes) del convenio objeto de esta prórroga.
Tercera
Financiación y forma de pago
La ejecución de la prórroga del convenio se realizará por medio de la impartición de seminarios de excelencia, que generará los mismos compromisos económicos para la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales; es decir:
La Universidad presentará una factura al finalizar cada uno de los dos semestres que incluye el programa durante el año 2024, que será conformada por la unidad administrativa competente de la Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia.
La financiación a sufragar por la Consejería, que abarca el correspondiente ejercicio presupuestario, asciende a una cantidad de veinticuatro mil euros (24.000 euros), que será imputado al programa 231D partida 22804, tal como se indica en la cláusula quinta, apartado 2.a) de este convenio y que se desglosa de la siguiente manera.
Descontada la aportación de los alumnos, a percibir por la Universidad, la financiación a sufragar por Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, se desglosa por semestre de la siguiente manera:
Se mantiene, igualmente, la misma forma de pago que se señala en la cláusula sexta.
Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente adenda de prórroga, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de fecha en la firma, la que figure en el encabezamiento.
Madrid, a 27 de diciembre de 2023.—Por la Consejería Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—Por la Universidad de Alcalá, José Vicente Saz Pérez.
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