Madrid, a 26 de diciembre de 2023.
REUNIDOS
De una parte, Dña. Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero.
D. José Antonio Quintero Fernández, en nombre y representación de Envera-Asociación de empleados de Iberia padres de personas con discapacidad, representación que ostenta en virtud de escritura de poder otorgada ante la notario del Ilustre Colegio de Notarios de Madrid, doña Ana López-Monís Gallego, con fecha 19 de octubre de 2020 y número de protocolo 3.468.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda, y
MANIFIESTAN
Que con fecha 8 de marzo de 2023, se suscribió un convenio entre la Comunidad de Madrid (la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y ENVERA-Asociación de empleados de Iberia padres de personas con discapacidad, cuyo objeto es la realización de prácticas formativas de personas con discapacidad intelectual en las dependencias de la actual Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, con el fin de promover su inserción socio laboral.
Que al amparo de la cláusula octava de dicho Convenio, las partes acuerdan suscribir la presente prórroga del Convenio con arreglo a las siguientes cláusulas.
CLÁUSULAS
Primera
Prórroga
El Convenio queda prorrogado para el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2025.
Segunda
Financiación
La ejecución de la presente prórroga del convenio no genera obligaciones económicas para la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos sociales.
Tercera
Obligaciones
Las actuaciones contempladas para el nuevo período serán las mismas que las contempladas en las cláusulas tercera y cuarta (obligaciones) del convenio objeto de esta prórroga.
Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente adenda de prórroga, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de fecha en la firma, a la que figure en el encabezamiento.
Madrid, a 26 de diciembre de 2023.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—El representante de ENVERA-Asociación de empleados de Iberia padres de personas con discapacidad, José Antonio Quintero Fernández.
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